SAP Cuenca 133/1999, 14 de Octubre de 1999

PonenteFRANCISCO JAVIER DE LEON VILLALBA
ECLIES:APCU:1999:574
Número de Recurso40/1999
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución133/1999
Fecha de Resolución14 de Octubre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Cuenca, Sección 1ª

SENTENCIANÚM.133/99

Ilmos Sres.

Presidente:

Sr. Muñoz Hernández

Magistrados:

Sr. Puente Segura

Sr. De León Villalba

En Cuenca, a catorce de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

Vistas en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial las diligencias de procedimiento abreviado número 317/1998, procedentes del Juzgado de lo Penal de esta capital y venidas al conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación que autoriza el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , interpuesto en tiempo y forma por D. Alexander , mayor de edad y provisto de D.N.I. número NUM000 , representado por el Procurador de los Tribunales Dña. M José Martínez Herraiz y defendido por el Letrado D. Luis Miguel Pardo Mohorte, contra la sentencia pronunciada por dicho Juzgado en fecha de ocho de marzo de mil novecientos noventa y nueve, y en cuyo procedimiento ha sido parte, además del recurrente, el MINISTERIO FISCAL.

Visto, habiendo sido ponente el Magistrado Sr. D. De León Villalba.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida.

I

Por el Juzgado de lo Penal de esta Ciudad se dictó en fecha de ocho de marzo de mil novecientos noventa y nueve sentencia en la que, como hechos probados, se declara: "Que el día 8.3.98 sobre las 23,10 horas, en el interior del bar Alto Tajo sito en la Avenida del Mediterráneo de Cuenca, Luis Francisco se dirigió hacia el acusado, Alexander , mayor de edad y sin antecedentes penales, insultándole por el hecho de que el acusado no quería servirle más cervezas, iniciándose una discusión entre ambos, agrediendo el acusado a Luis Francisco con una botella en la cabeza, causándole lesiones consistentes en herida inciso-contusa que precisó seis puntos de sutura, tardando en curar 10 días de los que dos estuvo impedidopara el ejercicio de sus ocupaciones habituales quedándole como secuela una cicatriz de 2 cm por 2 cm en la región frontal "

El Fallo o parte dispositiva de la sentencia recurrida presenta el siguiente tenor literal: "Que debo condenar y condeno a Alexander , como autor criminalmente responsable de un delito de lesiones, previsto y penado en el art. 147.1 del Código Penal de 1.995 , sin concurrir en su conducta circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como a que indemnice a Luis Francisco en la cantidad de 151.866 pesetas por las lesiones y secuelas, cantidad que devengará los intereses legales correspondientes, a partir de la notificación de la sentencia y hasta que la misma sea hecha efectiva en el Juzgado, condenando en costas al acusado".

II

Notificada la anterior resolución a las partes, Dña. Mª José Martínez Herraiz, procuradora de los Tribunales y del condenado interpuso recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos a medio de providencia de fecha de veintiuno de abril de mil novecientos noventa y nueve,...

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