SAP A Coruña 184/1999, 20 de Abril de 1999
Ponente | MARIA JOSE PEREZ PENA |
ECLI | ES:APC:1999:1399 |
Número de Recurso | 2613/1997 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 184/1999 |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª |
SENTENCIA
En el recurso de apelación civil Nº 2613/97, procedente del Juzgado de 1ª Instancia nº 9 de A Coruña, con el nº 140/96, sobre Cumplimiento de contrato en Juicio de Menor cuantía, entre partes,
de una y como demandante apelante GACONSA, SOCIEDAD ANONIMA, representada por la Procuradora Sra. González González y defendida por la Letrada Sra. García Sánchez, y de otra y como demandada apelada DOÑA Mariana , representada por la Procuradora Sra. Pando Caracena y defendida por la Letrada Sra. Fernández López. Siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada DOÑA MARIA JOSE PEREZ PENA.
En dichos autos y con fecha 1-9-97 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice como sigue: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda deducida por la procuradora doña Angeles González González en nombre y representación de GACONSA SOCIEDAD ANONIMA, contra doña Mariana , representada en autos por la procuradora doña María Luisa Pando Caracena, absolviendo libremente a la expresada demandada de cuantos pedimentos se le dirigieron, con imposición a la parte demandante de las costas ocasionadas en esta instancia.
Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma recurso de apelación por la representación del demandante, que le fue admitido en ambos efectos y previos los oportunos emplazamientos de las partes se elevaron las actuaciones a esta Superioridad, ante la que comparecieron en tiempo y forma las partes y evacuados los traslados conferidos para instrucción, se señaló para la celebración de la vista el día 19-04-99, fecha en la que tuvo lugar con la asistencia de las partes, que solicitaron se dictara sentencia de acuerdo con sus respectivas pretensiones.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones yformalidades legales.
Se aceptan los fundamentos de derecho de la resolución recurrida, y
Otorgado un contrato privado el 4 de mayo de 1995, por el que la parte actora a través de su representante recibe de la demandada Sra. Mariana entrega el inmueble nº NUM000 de las DIRECCION000 , con una superficie de 84 metros cuadrados, garaje y trastero, comprometiéndose la primera a entregarle a su vez una vivienda, y plaza de garaje una vez construida la obra nueva, más
1.350.000 ptas, esto último se entregará una vez se inscriba la finca de la letra B) en el Registro de la Propiedad; la demandante interpuso demanda civil originadora del presente proceso a fin de obtener una resolución por la que se condene a la demandada a entregar, a la actora las fincas mencionadas en el contrato privado entre ellas suscrito el 4 de Mayo de 1995, así como a formalizar los trámites necesarios para la inscripción a su nombre en el Registro de la Propiedad de la finca que en dicho contrato se describe con la letra "B", toda vez que hasta la fecha...
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