SAP A Coruña 544/2006, 6 de Junio de 2006
Ponente | DAMASO MANUEL BRAÑAS SANTA MARIA |
ECLI | ES:APC:2006:3508 |
Número de Recurso | 681/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 544/2006 |
Fecha de Resolución | 6 de Junio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 5ª |
SENTENCIA: 00544/2006 AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA/A CORUÑA
Sección 005
1280A
RÚA CAPITÁN JUAN VARELA S/N
Tfno.: 981 18 20 99/98 Fax: 981 18 20 97
N.I.G. 15030 37 1 2005 0000818
Rollo: 681/05
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000038 /2004
Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de BETANZOS
Deliberación el día: 6 de junio de 2006
N Ú M E R O 544/06
Ilmos. Sres. Magistrados:
JULIO TASENDE CALVO
DAMASO MANUEL BRAÑAS SANTA MARÍA
JOSE MANUEL BUSTO LAGO
SENTENCIA
A CORUÑA, a trece de Diciembre de dos mil seis. En el recurso de apelación civil número 681/05 interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia 3 de Betanzos, en Juicio ordinario número 38/04, sobre reducción delegítima, siendo la cuantía del procedimiento indeterminada, seguido entre partes: Como apelante DOÑA Lidia y como apeladas DOÑA Ana María , representada por el procurador Sr. GUIMARAENS MARTÍNEZ, Y DOÑA Guadalupe , rebeldes DON Manuel , DON Carlos Jesús , DON Alberto , DON Francisco Y DON Ricardo .- Siendo Ponente el Ilmo. Sr. DON DAMASO MANUEL BRAÑAS SANTA MARÍA. ANTECEDENTES
Que por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 3 DE BETANZOS, con fecha 13 de mayo de 2005, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice como sigue:
"Desestimo la demanda interpuesta por Dª Lidia , representada por procurador D. Carlos García Brandaríz frente a Dª Ana María , representada por el procurador D. Rafael Delgado Rodríguez y frente a d. Manuel , D. Carlos Jesús , D. Alberto , D. Francisco y D. Ricardo , declarados en situación de rebeldía procesal y absuelvo a los mismos de todos los pedimentos de la demanda.
Se sobresee la presente demanda frente a Dª Guadalupe , representada por el procurador D. Rafael Delgado Rodríguez.
Se imponen las costas a la actora de la demanda deducida frente Dª Ana María y frente a D. Manuel ,
D. Carlos Jesús , D. Alberto , y D. Ricardo .
No se imponen las costas causadas frente a Dª Guadalupe ."
Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma,
recurso de apelación por DOÑA Lidia , que le fue admitido en ambos efectos, y remitidas las actuaciones a este Tribunal, y realizado el trámite oportuno se señaló para deliberar la Sala el día 6 de junio de 2006, fecha en la que tuvo lugar.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales, excepto el plazo para dictar sentencia.
Se aceptan sustancialmente los de la sentencia apelada, en lo que no discrepen de los siguientes.
En un orden lógico ha de examinarse en primer término la alegación de inadmisibilidad de la parte apelada. Se basa en la genérica impugnación, al preparar el recurso, de los pronunciamientos de la sentencia recurrida. Pero, amén de que la forma genérica ("los pronunciamientos contenidos en la misma") abarca la totalidad de ellos, lo cierto es que la sentencia apelada, aparte lo...
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