SAP Vizcaya 27/1999, 2 de Febrero de 1999

PonenteMARIA CARMEN KELLER ECHEVARRIA
ECLIES:APBI:1999:429
Número de Recurso182/1998
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución27/1999
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 3ª

SENTENCIA N U M . 27

ILMO/A. SR/A.:

MAGISTRADO

D/Dña: CARMEN KELLER ECHEVARRIA

En BILBAO a 2 de Febrero de 1999

Vista en grado de apelación por el/la Ilmo./a. Sr/a. D/Dª CARMEN KELLER ECHEVARRIA, Magistrado de esta Audiencia Provincial, Sección Tercera, el presente Rollo de Faltas nº 182/98; en primera instancia por el Juzgado de Instrucción nº 4 (Bilbao) con el nº de Juicio de Faltas 544/97 por falta de LESIONES Y AMENAZAS con intervención del Ministero Fiscal, en representación de la acción pública y como implicados Víctor , Gloria y Ignacio ; Lidia y Flora .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción nº 4 (Bilbao) se dictó con fecha 24 de Abril de 1998 sentencia en cuyo fallo se dice: "FALLO: Que debo absolver y absuelvo a Víctor ,Gloria , Lidia , Flora y a Ignacio de las faltas de injurias y amenazas objeto de este juicio.

Que debo absolver y absuelvo a Ignacio de la falta de lesiones por la que fue denunciado. Por Lidia reservando a esta últimas las acciones civiles correspondientes contra aquél.

Que debo de condenar como condeno a Lidia , como autor responsable de una falta de malos tratos prevista y penada en el art. 617-2 del Código Penal , a la pena de VEINTE DIAS multa a razón de 500 ptas día, con DIEZ DIAS de arreto sustitutorio carcelario caso de impago; y a Flora como autora de DOS faltas de lesiones dolosas (consumadas) previstas y penadas en el art. 617-1 del C.Penal a sendas penas de TREINTA DIAS-MULTA, a razón de 500 ptas día, con quince días de arresto sustiturorio carcelario caso de impago, y a que indemnice a Víctor Y Gloria en los gastos de reparación del reloj y cadena que llevaban la primera y la segunda respectivamente, a acreditar en ejecución de sentencia; a Víctor y a Gloria como autoras de una falta de lesiones consumadas prevista y penada en el art. 617-1 del C.Penal a una pena a cada una de ellas, de un mes multa a razón de MIL PESETAS DIA con quince días de arresto carcelario caso de impago y a que indemnicen conjunta y solidariamente a Lidia EN 60.000 ptas (sesenta mil pesetas), absolviendo a Gloria de la falta de malos tratos de la que fue acusada por el Ministerio Fiscal. Cada una de las cuatro condenadas abonará el 25% de las costas procesales.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por Víctor , Lidia y Flora y admitido tal recurso en ambos efectos, fueron elevados los autos a esta Audiencia, Recibidos, se formó el Rollo y se siguió este recurso por sus trámites.

Se dan por reproducidos los antecedentes de la Sentencia apelada.

HECHOS PROBADOS

Se admiten los hechos declarados probados en la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se formula recurso de apelación contra la sentencia recaída en la instancia por Dª Víctor en base a estimar que dicha resolución incurre en error en la apreciación de las pruebas estimando no existe prueba de cargo sufiente a los efectos de enervar la presunción de inocencia del art. 24,2 CE ., por cuanto estima que el Juzgador a quo...

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