SAP Burgos, 28 de Diciembre de 1999

PonenteROGER REDONDO ARGÜELLES
ECLIES:APBU:1999:1712
Número de Recurso179/1999
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución28 de Diciembre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 1ª

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE LUIS LOPEZ DEL MORAL ECHEVERRIA

D. FRANCISCO M. MARIN IBAÑEZ

D. ROGER REDONDO ARGÜELLES

BURGOS, a veintiocho de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados expresados, ha

visto en segunda instancia la causa procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Burgos seguida por

delito de robo con violencia contra Jaime e Cosme , cuyas circunstancias y datos requeridos constan ya en la sentencia impugnada, en

virtud de recurso de apelación interpuesto por este último bajo la representación y defensa de la

Procuradora Dª. María Teresa Palacios Sáez y de la Letrada Dª. Berta Gil-Merino Rubio y siendo

parte apelada el Coacusado, Jaime bajo a la representación de la Procuradora D

Blanca Herrera Castellanos. Y la defensa del Letrado D. Carlos Gutiérrez Santos y el Ministerio Fiscal. Se turnó de Ponencia al Magistrado D. ROGER REDONDO ARGÜELLES.

Se aceptan los antecedentes de hecho de la primera instancia, expuestos en la sentencia

recurrida.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal del que dimana este rollo de Sala dictó sentencia, en cuyos antecedentes se declaran probados los siguientes hechos: El acusado Cosme , nacido el día 11 de noviembre de 1975 y sin antecedentes penales, acompañado de otra persona joven, cuya identidad se desconoce, actuando de mutuo acuerdo y movidos por la intención de sustraer el dinero y metálico que pudiesen y encontrasen en el lugar, sobre las 4,00 horas del día 29 de marzo de 1.999 se dirigieron al establecimiento "Hotel DIRECCION000 ", sito en el kilómetro NUM000 de la N-620, dentro de la localidad de Villagonzalo-Pedernales (Burgos), el cual era conocido para Cosme por cuanto que el verano de 1998 había trabajado en el mismo durante un mes y medio como camarero. Una vez llegaron al citado lugar en un turismo, cuyo propietario se desconoce, se introdujeron en el hotel por su parte posterior, de tal modo que al llegar a la altura de la puerta que da acceso al habitáculo donde se encuentran las calderas, fueron sorprendidos por el recepcionista Juan Pablo , quien al ver entreabierta mencionada puerta se acercó a cerrarla, observando éste que uno de los "intrusos" llevaba un cuchillo entre las manos y el otro un destornillador, yendo el desconocido con la cara cubierta hasta por encima de la boca con un jersey, circunstancia ésta que no era conocida por el acusado Cosme . A continuación y como se vieran sorprendidos los anteriores intrusos, estos se acercaron a Juan Pablo gritándole ambos reiteradamente "como chilles te mato" a la vez que uno de ellos le pinchaba en el antebrazo derecho originándole el menoscabo que luego se describirá; seguidamente el inculpado acompañado del desconocido le han puesto un calcetín en la boca a Juan Pablo , cerrando y apretando la misma con una tira de celofán, conminándole para que se echara al suelo, lo que así hizo Juan Pablo siendo atado por pies y manos también con celofán. Inmovilizado el recepcionista, Cosme y la persona que le acompañaba intentaron abrir la puerta del director del Hotel con el propósito de coger de la caja fuerte el dinero que hubiese, lo que no lograron después de haber originado desperfectos en mencionada puerta por importe de 13.920 ptas. Ante este fracaso ambos preguntaron al recepcionista donde se encontraba el dinero, contestando éste que en dos cajones de recepción, dirigiéndose e- acusado y la otra persona a dicho lugar de cuyo interior cogieron billetes y metálico por importe de 200.000 ptas., sustrayendo igualmente dos billetes falsos, cada uno de 10.000 ptas huyendo ambos a continuación por las cocinas, dejando atado al recepcionista del hotel, quien posteriormente tras soltarse, reclamó urgentemente ayuda, siendo atentido médicamente en el Hospital de la Cruz Roja de una herida inciso-contusa causada en el antebrazo derecho...

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