SAP Ávila 54/1999, 8 de Junio de 1999

ECLIES:APAV:1999:205
Número de Recurso6/1999
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución54/1999
Fecha de Resolución 8 de Junio de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Ávila, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO54/99 En la ciudad de Avila a ocho de junio de mil novecientos noventa y nueve. Vistos en grado de apelación los autos de Juicio de Faltas nº 30/98, procedentes del Juzgado de Instrucción nº 1 de Avila, siendo parte-apelante Don Pedro Enrique , y parte apelada Don Bartolomé .

I

I ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha diecisiete de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, el Juzgado de Instrucción no 1 de Avila, dictó Sentencia declarando probados los siguientes hechos- "probado y así se declara que el día 29 de enero de 1998 tuvo lugar un accidente de circulación en la confluencia de la Avda. de Juan Carlos 1 con la Ctra. del Espinar, cuando circulando por la referida Avenida D. Bartolomé conduciendo el vehículo Renault 5, con matrícula TU-....-W asegurado en la Cía. Zurich por el carril de la izquierda al llegar a las inmediaciones de la confluencia con la carretera de El Espinar se incorporó el turismo Lancia matrícula OQ.....-Q , cuyo conductor no respetó la señal de obligada parada -STOP- que

tenía en su dirección, produciéndose así, la colisión. El referido vehículo estaba asegurado en la Cía. "ALLIANZ RAS".

Como consecuencia de la colisión resultaron daños materiales en el vehículo Renault 5, así comolesionado Bartolomé que ha tardado en curar 90 días, los cuales estuvo impedido para dedicarse a sus ocupaciones habituales. Quedándole como secuela hombro doloroso."

Y cuyo Fallo d --o lo siguiente: "En atención a lo expuesto. El Juez, por la autoridad que le confiere la Constitución, he decidido: Condenar a Pedro Enrique como autor responsable de la falta del art. 621.3 del Código Penal a la pena de quince días de multa a razón de mil pesetas días, siendo responsable civil directa la compañía Allianz Ras, con reserva de acciones civiles, con imposición de costas."

SEGUNDO

Contra la expresada Sentencia interpuso recurso de apelación Don Pedro Enrique . TERCERO.-En la tramitación del presente recurso se ha observado las prescripciones legales. HECHOS PROBADOS

UNICO.- Se dan por reproducidos los hechos probados de la sentencia recurrida añadiendo a la misma lo siguiente: "Para la curación de sus lesiones Bartolomé requirió de primera asistencia y tratamiento médico consistente en collarín cervical y relajantes musculares."

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El único motivo de apelación que se plantea por la representación del condenado se constriñe a la indebida...

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