SAP Alicante 332/2006, 29 de Septiembre de 2006

PonenteMARIA CRISTINA TRASCASA BLANCO
ECLIES:APA:2006:2343
Número de Recurso210B/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución332/2006
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª

SENTENCIA NÚM. 332

Ilmas.

Presidente: Dª Visitación Pérez Serra

Magistrada: Dª María Teresa Serra Abarca

Magistrada: Dª Cristina Trascasa Blanco

En la ciudad de Alicante, a veintinueve de septiembre de dos mil seis.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por las Ilmas. Sras. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario nº 591/04 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Elda, y de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante, Dª Olga , que ha actuado en esta alzada en su condición de recurrente, representada por la Procuradora Dª Amanda Tormo Moratalla, bajo la dirección del Letrado D. Rafael Sempere Miralles, siendo apelada la parte demandada MERCADONA S. A. representada por la Procuradora Dª Alicia Carratalá Baeza y defendida por la Letrado Dª Laura Gimeno Manzano.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos de Juicio Ordinario nº 591/04 del Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Elda, se dictó Sentencia de fecha 29 de julio de 2005 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

" Que desestimando la demanda interpuesta por Dª Olga , representada por el Procurador Sr. Pérez Palomares bajo la dirección del letrado D. Rafael Sempere, contra MERCADONA S.A. representada por el Procurador Sr. Serra Escolano bajo la dirección del letrado Dª Laura Gimeno, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a la demandada de todos los pedimentos efectuados en su contra, todo ello con expresa imposición de las costas causadas en esta instancia a la parte actora."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la referida demandante; y tras tenerlo por preparado, presentó su escrito de interposición del recurso, del que se dio traslado a la demandada, que presentó escrito de oposición. Seguidamente, tras emplazar a las partes, se elevaron los autos a este Tribunal donde fue formado el Rollo número 210-B/06, en el que se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 26 de septiembre de 2006, en que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales, siendo Ponente la Magistrada Iltma. Dª Cristina Trascasa Blanco.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Combate la apelante, demandante en la instancia, las conclusiones probatorias y consideraciones en que apoya el Juzgado " a quo" su pronunciamiento desestimatorio de la acción de responsabilidad extracontractual deducida en la demanda y fundado, básicamente, en la falta de prueba de la dinámica accidental a la que dicha parte anudaba las consecuencias generadoras de las obligacionesresarcitorias para la demandada, cual era el hecho de que una escalera metálica de considerable peso que se hallaba apoyada sobre una de las estanterías del centro comercial propiedad de la demandada, había sido golpeada por uno de los empleados del establecimiento, provocando su caída directa sobre la pierna de la actora y con ello las lesiones por las que se reclama, alegándose ahora en el recurso, en esencia, que ha quedado debidamente acreditada en el proceso la actuación negligente de la demandada y que la misma, en todo caso, habría de concluirse de la mera circunstancia de que la escalera en cuestión representara un obstáculo para el paso de los clientes y un riesgo objetivo de caída por lo que, de forma subsidiaria, y si se tuviera por demostrado el tropiezo con la escalera de la demandante, solicita sea apreciada una concurrencia de culpas con los efectos moderadores...

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