SAP Alicante 31 /2006, 25 de Enero de 2006
Ponente | JOSE LUIS UBEDA MULERO |
ECLI | ES:APA:2006:22 |
Número de Recurso | 373/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 31 /2006 |
Fecha de Resolución | 25 de Enero de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª |
SENTENCIA Nº 31
En el recurso de apelación interpuesto por Sebastián y Juana , representados por la Procuradora Sra. Caballero Caballero y dirigidos por el Letrado Sr. Merle Suay , frente a la parte apelada DIRECCION000 , representada por la Procuradora Sra. Gutierrez Robles y dirigida por el Letrado Sr. Jiménez Noguera , contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número Uno de Denia , habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Luis Úbeda Mulero.
Por el Juzgado de Primera Instancia número Uno de Denia , en los autos de juicio Ordinario número 704/02, se dictó en fecha diecinueve de Noviembre de dos mil cuatro, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Que estimando la demanda formulada por DIRECCION000 de Denia, representada por el Procurador Sr. BORONA OLIVER contra D. Sebastián Y DÑA. Juana , representados por el procurador Sr. LLOBELL PERLES, DEBO DECLARAR Y DECLARO la ilicitud de la obra ejecutada por los demandados sobre la terraza de su vivienda con una superficie aproximada de 35 m2 de una habitación compuesta de paredes verticales de cerramientos de ladrillo, y apoyados sobre ellos una cubierta con forjado metálico y cerámica. Y DEBO CONDENAR Y CONDENO a dicha parte demandada a la inmediata demolición y a la realización de las obras necesarias para reponer a su primitivo estado la vivienda con la prevención de que en caso de no hacerlo se realizarán a su costa, con expresa imposición de costas a la parte demandada."
Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada , habiéndose tramitado el mismo por escrito en el Juzgado de procedencia, en la forma introducida por la Ley 1/2000 , elevándose posteriormente los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente Rollo de apelación nº.373-B/05, señalándose para votación y fallo el pasado día veinticuatro de Enero de dos milseis.
En esta segunda instancia se solicitó por la parte apelante prueba conjunta pericial y de reconocimiento judicial que fue denegada, sin que contra tal acuerdo se interpusiera recurso de reposición.
Frente a la sentencia dictada en el juicio ordinario seguido ante el Juzgado, estimatoria de demanda sobre obras inconsentidas, interponen recurso de apelación los demandados que, reproduciendo esencialmente los motivos de oposición esgrimidos en la primera instancia, solicitan su revocación y sustitución por otra resolución absolutoria.
El motivo del recurso que...
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