SAP Girona 476/2006, 21 de Julio de 2006

PonenteJOSE ANTONIO SORIA CASAO
ECLIES:APGI:2006:1166
Número de Recurso258/2005
Número de Resolución476/2006
Fecha de Resolución21 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Girona, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 476/06

En Girona 21 de Julio de 2006

Visto por el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE ANTONIO SORIA CASAO, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 17/03/05 por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Sant Feliu de Guíxols en el Juicio de Faltas nº 139/05 seguido por presunta falta contra el orden público habiendo sido parte apelante D. Luis Andrés representado por el Letrado D. Carlos Valcarce Magdalena.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

En la indicada sentencia se dictó el Fallo que copiado literalmente es como sigue: " Condemno Luis Andrés com autor d'una falta de respecte als agents de l'autoritat de l'article 634 del Codi penal, a la pena de VINT DIES DE MULTA AMB UNA QUOTA DIÀRIA DE TRENTA EUROS, amb un dia de privació de llibertat per a cada dues quotes diàries no satisfetes.

La persona condemnada ha d'abonar la multa dins del mes següent de la notificació de la fermesa d'aquesta resolució i en un sol pagament.

Imposo les costes d'aquest procediment a la persona condemnada."

SEGUNDO

El recurso se interpuso por la representación procesal de D. Luis Andrés contra sentencia de fecha 17/03/05 con el fundamento que se expresa en el escrito en que se deduce el mismo.

TERCERO

No se hace pronunciamiento sobre los hechos probados.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia condenatoria dictada en la instancia se alza la representación procesal de Don Luis Andrés alegando que debe declararse la nulidad de la Sentencia, al haberle causado indefensión, pues la citación telefónica no cumple los requisitos legales. A dicho recurso se ha adherido el Ministerio Fiscal.

SEGUNDO

Se alega por el recurrente que se ha conculcado el mandato del artículo 967 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que impone la obligación de acompañar copia de la denuncia en la citación del imputado, no habiéndole informado de su derecho a concurrir al juicio con los medios de prueba y asistido de Letrado, lo que le ha causado una evidente indefensión.

Del examen de las actuaciones se constata que al folio 40 existe una comunicación de la Unidad Investigación de los Mossos d'Esquadra de Sant Feliu de Guíxols dando cuenta de que la citación se llevó a cabo por teléfono, dado el poco margen que se les había concedido.

Consistiendo el derecho de defensa en la posibilidad de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR