SAP La Rioja 583/2000, 26 de Abril de 2000

PonenteMARIA DE LA MERCEDES OLIVER ALBUERNE
ECLIES:APLO:2000:900
Número de Recurso364/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución583/2000
Fecha de Resolución26 de Abril de 2000
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 583 DE 2000

Visto el presente recurso de apelación CIVIL, que pende ante esta Ilma. Audiencia Provincial, dimanante del juicio de cognición nº 387/98, rollo de apelación nº 364/00, contra la sentencia de fecha 26 de abril de 2000, dictada por el Juzgado de 1ª. Instancia de Haro (La Rioja ); recurrida por D. Lázaro , En Pedro y D. Salvador , representados en este Tribunal por el Procurador Sr. Salvador y asistidos del Letrado Sr. Pedro ; siendo apelados rebeldes, D Jesús Carlos y "CONSTRUCCIONES HEDÓN SL; recurso en el que ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª Mercedes Oliver Albuerne.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, con fecha 26 de abril de 2000, se dictó sentencia en cuyo Fallo se recogía: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Ojeda Verde, en nombre y representación de don Pedro , don Salvador y don Lázaro , contra Construcciones Hedón SL y don Jesús Carlos , debo declarar y declaro que éstos últimos adeudan a don Pedro la cantidad de doscientas noventa y siete mil trescientas treinta ir siete pesetas (297.337 pesetas), y a don Lázaro la cantidad de ciento cuarenta y dos mil trescientas cinco pesetas (142.305 pesetas) condenando ¿a los mismos de forma solidaria al pago de la referida cantidad, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, absolviendo a los demandados del resto de las pretensiones de la actora, todo ello sin hacer expresa condena en las costas".

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte actora, se interpuso recurso de apelación que fue admitido, con traslado por cinco días a las demás partes para alegaciones, y con remisión final de los autos a esta Ilma. Audiencia Provincial, en la que se formó el rollo de apelación correspondiente y se turnó procedentemente para dictar resolución.

TERCERO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte apelante interesa en esta segunda instancia, la revocación parcial de la sentencia impugnada, y que se dicte nueva resolución por la que se condene a los demandados a abonar los honorarios del Procurador Sr. Salvador reclamados, así como los honorarios del Letrado Sr. Pedro , además de la cantidad que se establece en el fallo, y las costas de la primera instancia, alegando como motivos de su recurso, en primer lugar, que el planteamiento de la sentencia impugnada en relación a que el letrado debe de cobrar de "la parte a quien la sentencia de la Audiencia Provincial condena en costas ir no de su cliente por el que compareció en defensa de sus intereses y como apelada en el recurso infringe no sólo el contenido de lo dispuesto en el articulo 523 y 422 de la LEC , en relación al artículo 1967-1 del CC , sino la Jurisprudencia unánime al respecto; al equiparar la obligación de satisfacer tales honorarios que pesa sobre la parte demandada, que se sirvió de ellos y la obligación de condena en costas a favor de laparte vencedora; y en segundo lugar, y en relación la reclamación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • SAP Barcelona 230/2012, 31 de Mayo de 2012
    • España
    • 31 Mayo 2012
    ...relación guardan con las pretensiones actuadas en el anterior juicio de mayor cuantía". En idéntico sentido se pronuncia la sentencia AP La Rioja 26.4.00 y el auto de la Sección 1ª de la AP Barcelona de 30.1.03 . El auto recurrido, repetimos, confunde el derecho del perito con el tema de la......
  • AAP Barcelona 154/2010, 29 de Septiembre de 2010
    • España
    • 29 Septiembre 2010
    ...relación guardan con las pretensiones actuadas en el anterior juicio de mayor cuantía". En idéntico sentido se pronuncia la sentencia AP La Rioja 26.4.00 y el auto de la Sección 1ª de la AP Barcelona de fecha 30.1.03 El auto recurrido, repetimos, confunde el derecho del perito con el tema d......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR