SAP Jaén 692/2000, 18 de Diciembre de 2000
Ponente | SATURNINO REGIDOR MARTINEZ |
ECLI | ES:APJ:2000:2164 |
Número de Recurso | 430/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 692/2000 |
Fecha de Resolución | 18 de Diciembre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª |
SENTENCIA Núm. 692
Iltmos. Sres.
Presidente
D. FERNANDO BERMUDEZ DE LA FUENTE
Magistrados
D. JOSE REQUENA PAREDES
D. SATURNINO REGIDOR MARTINEZ
En la ciudad de Jaén, a dieciocho de Diciembre de dos mil.
Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de Menor Cuantía seguidos en primera instancia con el número 83 del año 1987 por el Juzgado de Primera Instancia Número Dos de Villacarrillo, rollo de apelación de esta Audiencia número 430/99 , a instancia de Dª Almudena representada ante este Tribunal, como Apelada por la Procuradora Sra. Moya Mir y defendida por el Letrado Sr. Cebrián Ramírez, contra D. Jesús Carlos , representado ante este Tribunal como Apelante por la Procuradora Sra. Santa-Olalla y defendido por el Letrado Sr. Luque Moreno y D. Bartolomé representado ante este Tribunal, como Apelante, por el Procurador Sr. Blanco y defendido por el Letrado Sr. Duro Ortega.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Número Dos de Villacarrillo con fecha cinco de Junio de mil novecientos noventa y nueve .
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Estimando como estimo la demanda formulada por la representación de doña Almudena contra don Bartolomé y don Jesús Carlos , debo declarar y declaro que los demandados tienen obligación solidaria de reparar los vicios que presenta la vivienda de la parte actora condenándoles a estar y pasar por dicha declaración, condenándoles, asimismo, como consecuencia de lo anterior a demoler y construir nuevamente la vivienda propiedad de la parte actora sita en la CALLE000 , NUM000 de la localidad Siles, conforme al proyecto que obra en autos, c n aprovechamiento de los materiales que fueren útiles una vez que se proceda a la demolición. Subsidiariamente y para el supuesto de que no se fuere posible lo anterior, se indemnice solidariamente por los demandados a la actora el importe de la reconstrucción conforme al presupuesto realizado por, el Sr. Oscar , descontando los materiales reutilizables, una vez que se determine el valor de los mismos en ejecución de sentencia.
Las costas causadas en esta instancia, serán abonadas por los demandados".
Contra dicha sentencia se interpuso por los demandados, en tiempo y forma, recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia Número Dos deVillacarrillo, que acordó la remisión de los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes, para comparecer ante la misma.
Recibidos los autos en este Tribunal, se acordó la formación del correspondiente rollo, que se registrara el mismo, y habiéndose personado en forma y tiempo oportuno las partes, convenientemente instruidas por su orden, así como el Magistrado Ponente, se acordó tuviera lugar la vista el día 14 de Diciembre de 2000, cuyo día comparecieron las partes ante este Tribunal, solicitando los apelantes la revocación de la sentencia apelada, dictándose otra de acuerdo con los pedimentos de sus contestaciones a la demanda, con imposición de costas a la otra parte, y por el apelado se solicita la confirmación de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte contraria.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. SATURNINO REGIDOR MARTINEZ.
ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada.
La resolución...
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