SAP Santa Cruz de Tenerife 923/2000, 3 de Octubre de 2000

PonenteMANUEL DIAZ SABINA
ECLIES:APTF:2000:2419
Número de Recurso470/1997
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución923/2000
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 923.

ILTMO. SRES.

PRESIDENTE:

D. Oscar Torres Berriel

MAGISTRADOS:

D. Manuel Diaz Sabina.

D. Rubén Cabrera Gárate

En la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife, a tres de octubre de dos mil

Visto, en nombre de S.M. el Rey y en juicio oral y público, ante esta Audiencia Provincial, la CAUSA número 76/97, procedente del Juzgado de Instrucción número numero NUEVE de Santa Cruz de Tenerife , Rollo número 470/97 de esta Sala, por delito contra la salud publica, contra Jon , de 27 años de edad, hijo de Mohamed y Yamina, de estado civil casado, de profesión fontanero, natural de Oued Zem Marruecos- y vecino de La Laguna, con instrucción, sin antecedentes penales, no constando su solvencia, y en prisión provisional por esta causa desde el 14-08-2000 hasta la fecha, representado por el/la Procurador de los Tribunales Dª. Isabel Lage Martínez y defendido por el/la Letrado D. Julián Vaquero Salas; y contra otro mas ya juzgado; en cuya causa ha sido parte acusadora el Ministerio Fiscal, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Manuel Diaz Sabina.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se declaran hechos probados los siguientes hechos: lo "Que el acusado Inocencio , súbdito argelino, mayor de edad y sin antecedentes penales en España, junto con Jorge ya juzgado y condenado en la presente causa, sobre las 22:45 horas del día 13 de Mayo de 1997 en las inmediaciones de la Calle San Sebastián de Santa Cruz, fue sorprendido por la policía cuando procedía a cobrar el precio a los consumidores los boliches de crack que el segundo vendía. Como consecuencia de la actuación policial, a Jorge se le ocuparon 21 boliches de crak y otros 2 que se le intervinieron a una mujer que se los había adquirido al acusado Inocencio , la que logró huir mientras los agentes de la Policía que actuaban en la detención de aquellos. La sustancia incautada resulto con un peso neto total de 0'9597 gramos de cocaína base y una riqueza del 89,80%, y a su vez al acusado se le intervinieron 10.035 pesetas producto de las ventas ya realizadas.>"

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal al elevar a definitivas sus conclusiones, califico los hechos procesales como constitutivos de una delito contra la salud publica del art. 368 del C. Penal , conceptuando responsables criminalmente del mismo, como autor a el acusado Jon , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, pidió se le impusiera la pena de 6 años de prisión, accesorias, multa de 30.000 pesetas, costas, comiso de la sustancia y dinero intervenidos.

TERCERO

La defensa del acusado al elevar a definitivas sus conclusiones, interesó su libreabsolución al discrepar de las correlativas de Ministerios publico, al estimar que no existía prueba de cargo que desvirtuara el principio de presunción de inocencia.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS 6/2002, 19 de Enero de 2002
    • España
    • 19 Enero 2002
    ...de precepto constitucional que ante Nos pende, interpuesto por la representación legal del acusado Inocencio contra Sentencia núm. 923/00, de fecha 3 de octubre de 2000 de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, dictada en el Rollo de Sala núm. 470/97 dimanante del Proc......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR