SAP A Coruña 109/2008, 14 de Marzo de 2008
Ponente | LUIS BARRIENTOS MONGE |
ECLI | ES:APC:2008:754 |
Número de Recurso | 78/2008 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 109/2008 |
Fecha de Resolución | 14 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª |
SENTENCIA
En el recurso de apelación penal número 78/2008, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 6 de A Coruña, en Juicio oral 268/2006, seguidas de oficio por un delito de LESIONES, figurando como apelante Ismael , defendido por el Letrado Sra. María del Pilar García López y representado por el Procurador Sra. Valencia Vallina, y como apelado el MINISTERIO FISCAL.- Siendo Ponente el Ilmo. Sr. DON LUIS BARRIENTOS MONGE.
Que por el Ilmo. /Ilma. Magistrado/a- Juez del Juzgado de lo Penal Nº 6 de A Coruña con fecha 18-10-2007 , se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice como sigue: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Ismael como autor criminalmente responsable de un delito de lesiones ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de prisión de 1 año e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como al pago de las costas procesales.Condeno a Ismael a que indemnice a Leticia en la cantidad de 300 euros por lesiones y 200 euros por secuelas, con aplicación de los intereses procesales del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y moratorios del artículo 1.108 del Código Civil .".
Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por Ismael , que le fue admitido en ambos efectos, por proveído de fecha 19-12-2007, dictado por el instructor, acordando dar el traslado prevenido en el art. 790.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , a las restantes partes.
Por proveído de fecha 7-2-2008, se acordó elevar todo lo actuado a este Tribunal, para resolver el recurso y recibidas que fueron las diligencias se acordó pasar las mismas al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente.
En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones y formalidades legales, excepto el plazo para dictar sentencia debido al volumen de señalamientos.
HECHOS PROBADOS
Se acepta el relato fáctico de la sentencia recurrida, que aquí se da por reproducida, en aras de la brevedad.
Se acepta la argumentación de la sentencia recurrida.
Se recurre la sentencia de instancia por el condenado por la misma, que ha sido declarado autor de un delito de lesiones, igualmente definido en dicha resolución, alegando, como primer motivo de su recurso, una falta de uniformidad en los testimonios empleados como prueba de cargo, sobre la base de que en la primera declaración, ni la perjudicada ni su esposo hicieran mención a un suceso previo al incidente, referido con una bolsa de plástico. El motivo debe ser...
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