SAP Vizcaya 44/2000, 7 de Febrero de 2000

PonenteALBERTO SANZ MORAN
ECLIES:APBI:2000:444
Número de Recurso103/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución44/2000
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 44

ILMOS. SRES.

D/Dña. ALFONSO GONZALEZ GUIJA JIMENEZ

D/Dña. ALBERTO SANZ MORAN

D/Dña. JUAN PABLO GONZALEZ GONZALEZ

En BILBAO, a siete de Febrero de dos mil.

VISTOS en grado de apelación ante la Sección Tercera de est Audiencia Provincial de Bilbao integrada por los Ilustrísimos Señores Magistrados del margen los presentes autos de Juicio de Menor Cuantia nº 698/96 procedentes de Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Barakaldo, seguidos entre partes APELANTE:DÑA Valentina representada por el Procurador Sra Basterreche Arcocha y dirigida por el Letrado D. Juan Martín Alonso, y como APELADOS: DÑA Antonieta Y D. Jose Miguel representados por el Procurador Sra Insausti Montalvo y dirigidos por el Letrado D. Jesus Montes Herranz, y como APELADO: HERENCIA YACENTE Y HEREDEROS DE Gloria , en situación procesal de rebeldia.

Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la referida Sentencia de instancia, de fecha 31 de octubre de 1.997 es del tenorliteral siguiente: "FALLO:Que estimando integramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra Gutierrez en representación de Jose Miguel Y Antonieta contra Valentina representada por la procuradora Sra. Basterreche y Herencia Yacente y Herederos de Gloria . Debo declarar y declaro resuelto el contrato de compraventa de fecha 28/12/93 celebrado entre los actores y Dª Valentina y Dª Gloria (fallecida); y que debo condenar y condeno a la demandada al pago de 594.857,--pts; más los intereses legales que devengarán hasta su completo pago desde la fecha de interpelación judicial. Se imponen las costas al demandado. Contra esta sentencia, cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Vizcaya en el término de cinco dias. Así por esta mi sentencia, de que se expedirá certificación para su unión a los autos a que se refiere, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo."

SEGUNDO

Que publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de DÑA Valentina se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido en ambos efectos por el Juzgado de Instancia y emplazadas las partes para ante este Tribunal y subsiguiente remisión de los autos, comparecieron las partes por medio de sus Procuradores; ordenándose a la recepción de autos y personamientos efectuados la formación del presente rollo al que correspondió el número 103/98 de registro y que sustanció con arreglo a los trámites de su clase.

TERCERO

Que hecho el oportuno señalamiento y convocadas las partes para vista del recurso, se celebró éste ante la Sala el pasado día 25 de enero de 2000 en cuyo acto, la parte apelante solicitó por medio de su Letrado, la revocación de la sentencia de instancia y se declare resuelto el contrato y se desestime la petición de indemnización por obras formulada de adverso ó, subsidiariamente se declare resuleto el contrato y se compensen esas obras realizadas con el disfrute que hasta ahora han hecho de la vivienda, con imposición de las costas a la parte actora.

La parte apelada solicitó del Tribunal que se dicte sentencia que confirme integramente la del Juzgado de Instancia con expresa imposición de costas de esta alzada al apelante.

Terminado el acto, quedaron las actuaciones sobre la mesa del Tribunal para deliberación y resolución.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso, se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, Siendo Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado D. ALBERTO SANZ MORAN.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia recurrida declaraba resuelto el contrato celebrado el 28 de diciembre de 1993 entre D. Jose Miguel y Dña Antonieta como compradores, y Dña Valentina y Dña Gloria...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR