AAP Madrid 267/2004, 8 de Junio de 2004

ECLIES:APM:2004:8416
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución267/2004
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

CG

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

MADRID

Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO 226 /2004

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 290 /2003

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 5 de MADRID

S E N T E N C I A Nº 267/04

ILMOS. SRES.

PRESIDENTA DÑA. Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO

MAGISTRADA DÑA. A. MARIA RIERA OCARIZ

MAGISTRADO D. JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO

En MADRID , a ocho de junio de dos mil cuatro.

VISTO, por esta Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Norberto Pablo Jerez Fernández, en representación de Silvio, contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 5 de Madrid; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 24/02/04, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: >FALLO: Que debo condenar y condeno a Silvio como autor responsable de un delito CONTRA LA SEGURIDAD DELTRAFICO, ya definido, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas de CINCO MESES DE MULTA, a razón de 3 EUROS de cuota diaria, con una responsabilidad personal subsidiaria en su caso, de UN DIA de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas; y PRIVACION DEL DERECHO A CONDUCIR VEHICULOS DE MOTOR POR TIEMPO DE DOS AÑOS; y a que abone las costas causadas e indemnice, con responsabilidad civil directa de HILO DIRECT SEGUROS S.A." a Santiago en 5.304,94 EUROS..<

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada: >Apreciando en conciencia la prueba practicada en el acto del juicio oral, expresa y terminantemente se declara probado que sobre las 7,35 horas del día 5-10-2001, Silvio, mayor de edad y sin antecedentes penales con ocasión de circular por la calle Valdetorres del Jarama de esta capital, conduciendo el vehículo F-....-FE asegurado en HILO Direct Seguros S.A. con un grado de intoxicación etílica de 1,06 miligramos del alcohol por litro de aire espirado en una primera prueba y 0,98 en la segunda, lo que provocó que perdiera el control del vehículo y colisionara contra tres turismos que se encontraban estacionados, en concreto, los turismos VW-....-VW, propiedad de Santiago y ....-ZHR, y propiedad de Jose Luis, a los que causó daños tasados en 5.304,94 y 61 euros respectivamente, habiendo renunciado éste último a ser indemnizado. >.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso al Ministerio Fiscal, se presentó escrito de impugnación en base a la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada...

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