STSJ Aragón 434/2008, 10 de Julio de 2008

PonenteJAIME SERVERA GARCIAS
ECLIES:TSJAR:2008:1575
Número de Recurso36/2007
Número de Resolución434/2008
Fecha de Resolución10 de Julio de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 434 DE 2008

Ilmos. Srs.:

Presidente

D. Jaime Servera Garcías

Magistrados

D. Eugenio Esteras Iguacel

D. Fernando García Mata

En nombre de S.M. el Rey.

Zaragoza, diez de julio de dos mil ocho.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sección Segunda, en grado de apelación, el recurso contencioso-administrativo seguido ante el Juzgado de lo Contencioso Nº Uno de Zaragoza con el número 174/2005, Rollo de apelación Nº 36/2007, a instancia de los aquí apelantes, D. Jesús Ángel y D. Alberto , representados por la Procurador Dª. Inmaculada Isiegas Gerner y defendidos por el Letrado D Carlos Allúe Español; contra la Universidad de Zaragoza, apelado en esta instancia, representada por la Procurador Dª Emilia Bosch Iribarren y defendida por el Letrado D. Jesús Solchaga Loitegui, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Jaime Servera Garcías.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 15 de noviembre de 2006, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº. Uno de Zaragoza, dictó sentencia cuya parte dispositiva dice: "FALLO. Desestimar el presente recurso Nº174/2005 interpuesto por la Procurador Dª. Inmaculada Isiegas Gerner en nombre y representación de D. Jesús Ángel y D. Alberto y en consecuencia: Primero: Declarar ser conforme a Derecho la actuación recurrida que se confirma Segundo: No hacer expresa imposición de las costas del presente recurso ".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por el Procurador indicado en la representación también señalada, se interpuso en tiempo y forma contra la misma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos y, dado traslado a la parte contraria formuló, igualmente en tiempo y forma, alegaciones oponiéndose a dicho recurso, siendo remitidas las actuaciones junto con el expediente administrativo a esta Sala.

TERCERO

Turnado a esta Sección 2ª el recurso, formado el correspondiente rollo y comparecidas las partes, fue admitido a trámite señalándose para la votación y fallo del mismo el día 2 de los corrientes, en que tuvo lugar.

Se aceptan los antecedentes de hecho y razonamientos jurídicos de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la indicada sentencia que, desestimando el recurso contencioso-administrativo en su día interpuesto por los Arquitectos demandantes en la instancia, confirmó la actuación administrativa impugnada de la Universidad de Zaragoza- Resolución de la Gerencia, de 14 de febrero de 2005-, que estimaba en parte la reclamación de aquéllos, reconociéndoles un incremento de honorarios de 42.658,64#, por modificaciones en el proyecto de remodelación del edificio "Residencia Provincial de Niños de Huesca", del que eran autores, interponen éstos el presente recurso de apelación en el que, en síntesis, mostrando su disconformidad genérica con los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada, afirman que ha incurrido el Juez a quo en error en...

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