SAP Salamanca 227/2008, 23 de Julio de 2008

PonenteJESUS PEREZ SERNA
ECLIES:APSA:2008:321
Número de Recurso150/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución227/2008
Fecha de Resolución23 de Julio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

Sentencia Nº 227/08

Ilmo. Sr. Presidente Acctal.:

D. LONGINOS GOMEZ HERRERO

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JESÚS PÉREZ SERNA

D. JOSE ANTONIO VEGA BRAVO

En Salamanca a veintitrés de Julio de dos mil ocho.

La Audiencia Provincial de Salamanca, ha visto en grado de apelación el Juicio Ordinario Nº 946/07 del Juzgado de 1ª Instancia Nº 2 de Salamanca; Rollo de Sala Nº 150/08; han sido partes en este recurso: como demandante-apelado: CODECO DYD, S.L. representado por la Procuradora Dª. Nuria Martín Rivas y bajo la dirección del Letrado D. José Mª Fernández Martín; como demandado-apelante D. Braulio representado por el Procurador D. Ángel Martín Santiago y bajo la dirección del Letrado D. Jesús A. Sánchez Marcos; habiendo versado sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día veintiocho de enero de dos mil ocho, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de 1ª Instancia Nº 2 de Salamanca, se dictó Sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente FALLO: "SE ESTIMA la demanda presentada por la Procuradora Dª Nuria Martín Rivas en representación de CODECO DYD S.L. contra D. Braulio representado por el Procurador D. Ángel Martín Santiago, CONDENANDO AL DEMANDADO a que abone a la actora la suma de 29.699#51 # más intereses de dicha suma desde la interpelación judicial, con imposición al demandado de las costas procesales, teniendo en cuenta en ejecución de esta que ha sido entregada a la actora el día 2 de Noviembre de 2007 la suma de

8.085#78 #".

SEGUNDO

Contra referida Sentencia se preparó recurso de apelación por la representación jurídica del demandado, que fue formalizado en tiempo y forma y presentado escrito hizo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando que se revoque la sentencia dictada, absolviendo al demandado de las peticiones recogidas en la demanda, e imponiendo las costas al actor; y solicitando la práctica de prueba documental; dado traslado de la interposición del recurso a la parte contraria, por su legal representación, se presentó escritos de oposición al mismo, haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando que confirme en todos sus pronunciamientos la sentencia, imponiendo las costas del recurso al apelante.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Audiencia, se formó el oportuno Rollo, pasando los autos a la sala para resolver sobre la admisión o inadmisión de la prueba interesada por la legal representación dela parte demandada apelante. Con fecha dieciocho de junio del año en curso, se dicto auto por la Sala en el que se acordaba no admitir la documental aportada por la parte apelante y se señaló para votación y fallo del presente recurso de apelación el día diecisiete de julio de dos mil ocho, pasando los autos al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, para dictar Sentencia.

CUARTO

Observadas las formalidades legales.

Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JESÚS PÉREZ SERNA

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la reclamación ejercitada en la instancia, y en el recurso de apelación contra la sentencia allí recaída, la cuestión fundamental, por no decir única, que se plantea, es la referente al tema del Impuesto sobre el Valor Añadido, pues en tanto la actora considera que a las cantidades presupuestadas para la ejecución de la obra convenida con la parte demandada, debe sumarse el importe de tal impuesto, el demandado entiende que el IVA correspondiente ya se hallaba incluido en el presupuesto de obras que le giró la actora.

La sentencia ahora recurrida comparte las tesis de esta última parte, la actora Codeco CyD S.L., y, consecuentemente, estima la demanda en su integridad, condenado al demandado a abonar a la misma la suma de 29.699#51 euros, de los que 21.613#73 euros lo son en concepto de IVA, por los trabajos efectuados por la actora en la vivienda del demandado.

Ante ello, interpone recurso el demandado, reiterando su petición, ya hecha valer en la instancia, de absolución respecto de las cantidades que se le solicitaban por IVA, y ello, por considerar que las mismas se hallaban ya incluidas en el presupuesto de las obras. Motiva su petición aludiendo a la existencia de error en la valoración de la prueba por parte del Juzgador de instancia, - nada acerca del IVA se recoge en el presupuesto de la obra-; a la infracción de la normativa vigente en materia de consumidores y usuarios, -se vulnera el derecho a la información del consumidor-; a la doctrina de esta Audiencia Provincial y de otras, en el mismo sentido; y a la condena al pago de intereses y costas que se le hace en la instancia.

SEGUNDO

Respecto del primero de los motivos de recurso antedicho,...

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