SAP Las Palmas 509/2008, 17 de Julio de 2008

PonenteFRANCISCO JAVIER JOSE MORALES MIRAT
ECLIES:APGC:2008:2266
Número de Recurso92/2007
Número de Resolución509/2008
Fecha de Resolución17 de Julio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 3ª

SENTENCIA.

Iltmos Sres.

DON ILDEFONSO QUESADA PADRÓN (Presidente)

DON FCO JAVIER MORALES MIRAT (Magistrado)

DON JOSE ANTONIO MORALES MATEO (Magistrado)

En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 17 de julio de 2008

Vistos, ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación admitido a la parte Actora y Demandada, dimanante de los autos referenciados, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Las Palmas de Gran Canaria, a instancia de D. Ismael , representado en ésta instancia por el Procurador D. Alfredo Crespo Sánchez, y dirigido por la Letrada Dña María Romero Caballero Pérez contra Dña Lucía representada por el Procurador D. Carlos Sánchez Ramírez y dirigida por la Letrada Dña Concepción Correa Suárez.

H E C H O S
Primero

Por el Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia número 5 de Las Palmas de Gran Canaria, se dictó Sentencia en el referido procedimiento cuya parte dispositiva, copiada literalmente dice así: "Que estimando como estimo parcialmente la demanda y la reconvención interpuestas, debo declarar y declaro la disolución por DIVORCIO del matrimonio contraído por Dña. Lucía y D. Ismael el 23 de julio de 1988, con todos los efectos legales y en especial con los siguientes:

Primero

Se establece el uso alternativo para cada uno de los cónyuges en el disfrute de la vivienda conyugal, sita en la CALLE000 nO NUM000 - NUM001 , NUM002 de esta ciudad, y del ajuar doméstico contenido en la misma, iniciando tal alternancia don Ismael , quien la ocupa en la actualidad, determinándose a tal efecto como plazo máximo el 9 de marzo de 2006, si en tal fecha no se hubiera liquidado la sociedad de gananciales, el uso de la vivienda familiar y del ajuar doméstico contenido en la misma pasará entonces a doña Lucía por período de un año, alternándose sucesivamente ambos litigantes por plazos de un año hasta que se liquide la sociedad de gananciales, pudiendo ambos retirar, cuando corresponda, los enseres de uso personal o necesarios para sus actividades comerciales, profesionales o laborales.,

Segundo

Se fija en la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS (450 #) mensuales la pensión compensatoria que D. Ismael deberá satisfacer a favor de Da. Lucía mediante ingreso de forma anticipada y dentro de los cinco días de cada mes en la cuenta corriente que la misma designe, si bien limitada a un plazo de tres años, de forma que tal obligación quedará extinguida en diciembre de 2008. El último abono por parte actor se efectuará en dicho mes de diciembre del año 2008. Dicha cantidad será actualizable anualmente con arreglo al IPC publicado por el INE u organismo que lo sustituya.

Tercero

Queda disuelto el régimen económico matrimonial.

No procede hacer expresa imposición de las costas procesales".

Segundo

Contra la citada Sentencia, que lleva fecha de 22/11/05 , se recurrió en apelación por la representación de D. Ismael y por la de Dña Lucía , de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , habiendose portado en ésta alzada la documental que obra en las actuaciones expresiva de la vida laboral de la esposa, y tras darle la tramitación oportuna se señaló para su estudio, votación y fallo el día 14/07/08.

Tercero

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don FCO JAVIER MORALES MIRAT que expresa el parecer de la Sala.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
Primero

Ambas partes recurren la sentencia de instancia mostrando su desacuerdo con las medidas allí adoptadas y relativas a la atribución de la vivienda familiar y al establecimiento de una pensión compensatoria a favor de la esposa.

Antes de entrar a conocer de los recursos interpuestos debe darse respuesta a la solicitud hecha por el actor relativa a que no debe ser admitido el recurso de la demandada por haber infringido ésta lo dispuesto en el artículo...

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