SAP Córdoba 202/2008, 31 de Julio de 2008

PonenteJOSE ANTONIO CARNERERO PARRA
ECLIES:APCO:2008:1210
Número de Recurso448/2008
Número de Resolución202/2008
Fecha de Resolución31 de Julio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 202/08

En la ciudad de Córdoba a treinta y uno de julio del año dos mil ocho.

Vistas por la Sección 2º de esta Audiencia las diligencias procedentes del Juzgado de lo Penal nº 4, de esta Ciudad, que ha conocido en fase de juicio Oral nº 301/07 por delito de agresión sexual, a razón del recurso de apelación interpuesto por Dª Susana , representada por la Procuradora Sra. LOBO SÁNCHEZ y asistida del Letrado Sr. GIRON DE ALVEAR, siendo parte apelada, D. Rosendo representado por la procuradora Sra. SÁNCHEZ ANAYA y asistida de la letrada Sra. VARGAS JIMENEZ, contra la sentencia dictada por el mencionado Magistrado-Juez, y siendo Ponente del recurso, el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez D. JOSE ANTONIO CARNERERO PARRA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Iltmo. Sr. Magistrado Juez de lo Penal se dictó sentencia donde constan los siguientes hechos probados: "El día 31 de marzo, sobre las 17 horas, el acusado Rosendo , mayor de edad y sin antecedentes penales, se encontró paseando por el parque sito junto a la Avda de Manolete de esta localidad a la menor Susana . Con ocasión de que la menor llevaba un pequeño perro, al igual que el acusado, éste entabló conversación con ella. En un momento dado, la cogió del brazo, a la vez que la dirigía, sin soltarle la mano, hacia sus partes genitales."

SEGUNDO

En la referida sentencia consta el siguiente fallo: "Que debo condenar y condeno al acusado Rosendo como autor responsable de falta de vejación injusta ya definida, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 20 días de multa con cuota diaria de 10 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. Con imposición de costas."TERCERO.- Contra dicha sentencia, por la representación procesal de Susana , se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido, dándose traslado del mismo a las demás partes por término legal, transcurrido el cual se remitieron las actuaciones a este Tribunal, que formó el correspondiente Rollo y tras los trámites oportunos se reunió para votación y fallo.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los hechos que se declaran probados en la sentencia recurrida, que se dan por reproducidos en su totalidad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia del Juzgado de lo Penal que condena a Rosendo como autor responsable de una falta de vejación injusta tipificada en el art. 620.2 del Código Penal , recurre en apelación la acusación particular que interesa que aquél sea finalmente condenado como autor de un delito de abusos sexuales del art. 181.1, 2 y 4 en relación con el art. 180.1 y 3 del Código Penal , a una pena de 3 años de prisión, accesorias y costas.

Articula el recurso en base a tres motivos: error en la tipificación de los hechos probados, error en la apreciación de la prueba e infracción de precepto penal. Por cuestiones metodológicas, se analizará primero el motivo que afecta a la valoración de la prueba efectuada por la juez a quo y, según el resultado, se determinará si los hechos finalmente probados encajan de manera correcta en la figura típica que aplica aquélla o merecen esa calificación más grave de la acusación privada.

SEGUN...

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