SAP Barcelona 411/2008, 23 de Julio de 2008
Ponente | MIREIA RIOS ENRICH |
ECLI | ES:APB:2008:12685 |
Número de Recurso | 771/2007 |
Número de Resolución | 411/2008 |
Fecha de Resolución | 23 de Julio de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª |
SENTENCIA N ú m. 411/2008
Ilmos. Sres.
D./Dª. VICENTE CONCA PEREZ
D./Dª. AMPARO RIERA FIOL
D./Dª. MIREIA RIOS ENRICH
En la ciudad de Barcelona, a veintitres de julio de dos mil ocho
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Verbal nº 224/2007, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Mataró, a instancia de D/Dª. Elvira , contra D/Dª. Simón ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 16 de abril de 2007, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador doña Margarita Rodríguez López de Castro, en nombre y representación de doña Elvira contra don Simón , que se encuentra en situación procesal de rebledía, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento convenido entre las partes repsecto de la vivienda sita en Mataró, CALLE000 NUM000 - NUM001 , NUM002 , debiendo la parte demandada desalojarlo y dejarlo a la libre disposición de la actora, con apercibhimiento de lanzamiento si no lo verifica antes del 18 de mayo próximo, fecha para la cual se señala el lanzamiento, imponiéndole el pago de las costas procesales."
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 26 de junio de 2008.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MIREIA RIOS ENRICH.
La parte demandada se alza contra la sentencia dictada en la instancia, por la que se estimaba la demanda de desahucio presentada, condenando al recurrente al desalojo de la vivienda arrendada al actor.
El apelante interesa que se declare la nulidad de las actuaciones por cuanto en la citación no se advirtió al demandado que tenía que asistir a juicio debidamente representado con abogado y procurador, los cuales le hubiesen advertido de que podía enervar la acción, de desahucio.
La parte apelada se opone a las pretensiones del apelante e interesa la confirmación de la sentencia, con imposición de las costas de la apelación al recurrente.
Planteado el debate en los términos expuestos, obligado es comenzar por resolver sobre la nulidad de actuaciones planteada.
El recurrente sostiene que en el momento de la citación del demandado no se le advirtió de que la comparecencia a la vista del juicio requería la asistencia...
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