SAP Alicante 223/2008, 27 de Mayo de 2008

PonenteMARIA DOLORES LOPEZ GARRE
ECLIES:APA:2008:2046
Número de Recurso31/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución223/2008
Fecha de Resolución27 de Mayo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª

SENTENCIA Nº 223/2008

Iltmos Srs.

Don Francisco Javier Prieto Lozano.

Don José María Rives Seva.

Doña Maria Dolores López Garre.

En la Ciudad de Alicante a veintisiete de Mayo del año dos mil ocho.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de esta Ciudad de Alicante, integrada por los Iltmos. Srs. expresados al

margen ha visto, en grado de apelación, Rollo de la Sala nº 31-08 los autos de juicio ordinario nº 1626-05 seguidos en el Juzgado

de Primera Instancia nº 1 de la ciudad de Alicante en virtud del recurso de apelación entablado por la parte demandada Don Juan Francisco , Inés , Teresa , Jesús María y Julia que han intervenido en esta alzada en

su condición de recurrente, representados por el Procurador Señor Navarrete Ruíz y defendidos por el Letrado Don Manuel

Perales Candela y siendo apelado la parte actora Don Humberto representado por el Procurador Señor Dabrowski

Pernas y defendidos por el Letrado Don Humberto .

ANTECEDENTES DE HECHOS.

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de la Ciudad de Alicante y en los autos de Juicio ordinario nº 1626-05 en fecha 16-7-07 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.- "Que, estimando la demanda inicial de estos autos interpuesta por Humberto , representado por el procurador Sr. Dabrowski Pernas y asistido del letrado Sr. Humberto , contra Juan Francisco Y Inés , representados por el Procurador Sr. Navarrete Ruiz y asistidos del letrado Sr. Perales Candela debo indicar que en cuanto a la pretensión de la actora referente a la elevación de escritura pública de contrato la mismafue objeto de allanamiento y transacción y la misma tal y como obra en autos, ya ha sido cumplida según se manifestó en el acto de la vista, si bien las costas que ha generado dicha demanda inicial se han de imponer a la parte demandada, por lo expuesto en el fundamento jurídico segundo y cuarto de la presente resolución.

Que desestimando la demanda reconvencional interpuesta por Juan Francisco Y Inés , representados por el Procurador Sr. Navarrete Ruiz y asistidos del letrado Sr. Perales Candela contra Humberto , representado por el Procurador Sr. Dabrowski Pernas y asistido del letrado Sr. Humberto debo absolver y absuelvo a la parte actora reconvenida de todas y cada una de las pretensiones contra ella ejercitadas en la demanda reconvencional de estos autos, todo ello sin hacer imposición de las costas de esta reconvención a ninguna de las partes debiendo cada parte satisfacer las causadas a su instancia y las comunes por mitad e iguales partes.".

Segundo

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la representación de la parte siendo tramitado conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , con traslado del mismo a la parte por término de diez días, remitiéndose las actuaciones seguidamente a esta Iltma. Audiencia Provincial, Sección Sexta, donde se formó el correspondiente rollo de apelación nº 31-08 .

Tercero

En la sustanciación de esta causa se han observado todas las prescripciones legales, señalándose para votación y fallo el día 16-7-07 y siendo ponente la Iltma. Sra. Doña...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR