SAP Madrid 572/2005, 27 de Julio de 2005
Ponente | MARIA JESUS ALIA RAMOS |
ECLI | ES:APM:2005:9452 |
Número de Recurso | 784/2002 |
Número de Resolución | 572/2005 |
Fecha de Resolución | 27 de Julio de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 12ª |
MARIA JESUS ALIA RAMOSFERNANDO HERRERO DE EGAÑA OCTAVIO DE TOLEDOCESAR URIARTE LOPEZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 12
MADRID
SENTENCIA: 00572/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 12ª
Rollo: RECURSO DE APELACION 784/02
PROCEDENCIA: JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº 14 DE MADRID
JUICIO ORDINARIO 377/01
DEMANDANTES/APELANTES: DON Bruno, DOÑA Marí Jose, Francisca
Y María Teresa
PROCURADORA: DOÑA Mª LIDIA LEIVA CAVERO
DEMANDADOS/APELADOS: DON Rosendo Y DOÑA Marina
PROCURADORA: Mª ANGELES GALDIZ DE LA PLAZA
DEMANDADA/APELADA: DOÑA Clara
PONENTE: ILMA. SRA. DOÑA Mª JESÚS ALÍA RAMOS
SENTENCIA Nº 572
Ilmos. Sres. Magistrados:
Mª JESÚS ALÍA RAMOS
FERNANDO HERRERO DE EGAÑA Y OCTAVIO DE TOLEDO
CESAR URIARTE LOPEZ
En MADRID, a veintisiete de julio de dos mil cinco.
VISTO por la Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados del margen, el presente incidente de IMPUGNACION DE TASACION DE COSTAS POR INDEBIDAS practicadas en el presente Rollo nº 784/02, dimanante de Juicio Ordinario nº 377/01 y seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Madrid, promovido por DON Bruno, DOÑA Marí Jose, Francisca Y María Teresa contra DON Rosendo, DOÑA Marina Y DOÑA Clara sobre división de cosa común; habiendo sido partes en este incidente, como impugnantes, los mencionados demandantes y apelantes representados por la Procuradora Doña Mª Lidia Leiva Cavero y, como impugnados, los referidos demandados y apelados bajo representación procesal de la Procuradora Doña Mª Angeles Gladiz de la Plaza, y
VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª JESÚS ALÍA RAMOS.
Por esta Sala se dictó sentencia desestimando el recurso de apelación interpuesto en su día por los demandantes y confirmando la sentencia de instancia e imponiendo las costas del recurso a la parte apelante; y, firme la misma, por la representación procesal de los apelados se solicitó tasación de costas, que se practicó por la Secretaria de Sálale 22 de abril de 2005 y que ascendió a 16.785,53¤.
Dado traslado de dicha tasación, por la representación de la demandante- apelante condenada a su pago se presentó escrito impugnando aquélla por ser indebidos los honorarios del Letrado de la demandada-apelada la que se opuso solicitando la aprobación de la tasación practicada; y se señaló para Deliberación, Votación y Fallo del incidente el pasado día 20 de julio.
En la tramitación del presente incidente se han observado en lo esencial las formalidades exigidas por la Ley.
La impugnación tiene por objeto la tasación de costas practicada por la señora Secretario con fecha de 22 de abril de 2005, que es impugnada por considerar excesivos los honorarios del Letrado don Luis Pedro al considerar incorrecta la cuantía de 600.000 euros de que se...
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