Convenio colectivo - Asturiana de Zinc SA (Fábrica de Zinc Electrolítico de San Juan de Nieva), Principado de Asturias
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2019 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2022 |
Publicado en | Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 214 de 06/11/2019 |
Vista la solicitud de inscripción de convenio colectivo presentada por la Comisión Negociadora del convenio colectivo de la empresa Asturiana de Zinc, S.A.U. Fábrica de Zinc Electrolítico del San Juan de Nieva (expediente C/033/2019, código 33000091011979), a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, suscrito por la representación legal de la empresa y de los trabajadores el 27 de agosto de 2019, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 5 de septiembre de 2019, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica en el titular de la Dirección General de Empleo y Formación, por la presente,
RESUELVO
Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Empleo y Formación, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.
En Oviedo, a 23 de septiembre de 2019.—El Consejero de Industria, Empleo y Promoción Económica.—P.D. autorizada en Resolución de 5-9-2019, publicada en el BOPA núm. 174, de 10-IX-2019, el Director General de Empleo y Formación.—Cód. 2019-11142.
ACTA DE OTORGAMIENTO DEL CONVENIO COLECTIVO DEL CENTRO DE TRABAJO DE SAN JUAN DE NIEVA, FÁBRICA DE ZINC ELECTROLÍTICO DE LA EMPRESA “ASTURIANA DE ZINC, S.A.U.”
San Juan de Nieva, 27 de agosto de 2019.
A las 12.30 horas del día de la fecha se reúne en las dependencias de Administración del centro de trabajo, la Comisión negociadora del citado Convenio, integrada por los miembros que a continuación se relacionan:
De una parte, y en representación de la parte social:
Don José Manuel Muñiz García (Sindicato Independiente de Trabajadores de AZSA)
Don Roberto Suárez Fernández (Sindicato Independiente de Trabajadores de AZSA)
Don César José García González (Sindicato Independiente de Trabajadores de AZSA)
Don Pelayo Gamba Bravo (Sindicato Independiente de Trabajadores de AZSA)
Don Eliseo Agustín Bermúdez Rodríguez (Sindicato Independiente de Trabajadores de AZSA)
Don José Ángel Hevia González (Sindicato Independiente de Trabajadores de AZSA)
Don Alejandro Vega García (Sindicato Independiente de Trabajadores de AZSA)
Don Fernando Rodríguez Vecino (Sindicato Independiente de Trabajadores de AZSA)
De la otra, y en representación de la empresa Asturiana de Zinc, S.A.U:
Don Jaime Arias Zapico (Director de Operaciones Metalúrgicas de AZSA)
Don Manuel Fernando García Muñiz (Jefe de Producción)
Don José Manuel Fernández Fernández (Jefe de Asesoría Jurídica)
Doña Noemí Palacio Zapico (Jefe de Administración de Personal)
Don Jesús Díez Baquero (Jefe de Recursos Humanos)
Ambas partes manifiestan:
Primero.—Reconocerse mutua legitimación y capacidad para la negociación del Convenio Colectivo del centro de trabajo de la empresa “Asturiana de Zinc, S.A.U.” en la localidad de San Juan de Nieva, correspondiente a los años 2019–2022, así como para firmar la presente acta de otorgamiento.
Segundo.—En virtud de las negociaciones llevadas a cabo, acuerdan aprobar el Convenio Colectivo citado, con vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2022 y de cuyo conocimiento están al corriente.
Y en prueba de conformidad ambas partes suscriben la presente acta y los correspondientes ejemplares del Convenio Colectivo para el personal de la Fábrica de Zinc Electrolítico de la empresa “Asturiana de Zinc, S.A.U.” en la localidad de San Juan de Nieva.
Índice
Calendario.
Casos especiales.
Rendimiento normal.
Transporte escolar.
Disociación final segunda.—Comisión de vigilancia
Artículo preliminar.
Este convenio es fruto de la negociación entre la Dirección de la Empresa Asturiana de Zinc S.A.U, y el Comité de Empresa que ostenta la representación legal de los trabajadores.
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