SAP Salamanca 99/2010, 8 de Marzo de 2010

PonenteMANUEL MORAN GONZALEZ
ECLIES:APSA:2010:84
Número de Recurso3/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución99/2010
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

En la ciudad de Salamanca a ocho de marzo de dos mil diez.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación el JUICIO ORDINARIO Nº

1127/08 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Salamanca, Rollo de Sala nº 3/10; han sido partes en este recurso: como demandante-apelado EL PORTAL DE SERRANO S.L. representado por la Procuradora Doña Carolina Martín Rivas y bajo la dirección del Letrado Don Pedro Rosado Alcantara y como demandado-apelante PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES COTAHERGAR S.L. representada por el Procurador Don Manuel Martín Tejedor y bajo la dirección del Letrado Don Alberto Santos de Paz, habiendo versado sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día 24 de julio de 2009 por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Salamanca se dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda promovida por la Procuradora Sra. Martín Rivas en nombre y representación de EL PORTAL DE SERRANO S.L contra PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES COTAHERGAR S.L condeno a la demandada PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES COTAHERGAR S.L a pagar a la actora 32.454,54 euros y los intereses de dicha cantidad desde la fecha de la interpelación judicial con sujeción a la LEC. Con imposición de las costas causadas en estas actuaciones a la demandada PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES COTAHERGAR S.L"

  2. - Contra referida sentencia se preparó recurso de apelación por la representación jurídica de la demandada, concediéndole el plazo establecido en la Ley para interponer el mismo verificándolo en tiempo y forma, quien después de hacer las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones terminó suplicando que estimando el presente recurso, revoque la sentencia dictada en Instancia, desestimando íntegramente la demanda con la imposición de cotas a la parte actora.

    Dado traslado de dicho escrito a la representación jurídica de la parte contraria por la misma se presentó escrito en tiempo y forma oponiéndose al recurso de apelación formulado para terminar suplicando se dicte sentencia, que confirme la de Primera Instancia, con expresa imposición de costas de la parte contraria.

  3. - Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno Rollo y se señaló para la votación y fallo del presente recurso de apelación el día tres de marzo de dos mil diez pasando los autos al Ilmo. Sr. Magistrado-Ponente para dictar sentencia.

  4. - Observadas las formalidades legales.

    Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON MANUEL MORAN GONZALEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte demandada, hoy apelante, pretende un sentido del contrato de 14 de mayo de

2007, a los folios 9 y siguientes de autos, diverso del que consta y se deduce del mismo.

Para empezar el título del contrato que figura en letras mayúsculas en el encabezado del mismo es diáfano: contrato de compraventa de la opción de compra. Por lo tanto ya el encabezado va indicando que no se celebra un contrato de venta de opción de compra y de subrogación de la posición del arrendatario en el arrendamiento concertado con anterioridad por la demandada con los hermanos Gaspar .

Si ello fuera poco en la estipulación I del contrato se afirma que la mercantil COTAHERGAR vende y transmite el derecho de opción de compra, sin más, sin ningún añadido en el sentido que pretende la...

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