SAP Murcia 400/2000, 4 de Diciembre de 2000

PonenteMARIA DEL PILAR ALONSO SAURA
ECLIES:APMU:2000:3287
Número de Recurso259/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución400/2000
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 400/2000

ILTMOS. SEÑORES

Dª MARÍA PILAR ALONSO SAURA

Presidente

D. CAYETANO BLASCO RAMÓN

Dª JULIA FRESNEDA ANDRÉS

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a cuatro de Diciembre de dos mil.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Tercera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio de menor cuantía n° 45/2.000 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Murcia entre las partes, como demandante y en esta alzada apelada D. Jose Carlos , representado por el procurador D. Francisco Javier Berenguer López y dirigido por el Letrado D. Germán Balsalobre; y como demandada COMPISCUA CONSTRUCCIONES, S.A., declarada en rebeldía, y CONSTRUCCIONES JOBECONS, S.L., representada por el Procurador D. José Julio Navarro Fuentes y dirigida por el Letrado D. Ángel García Santacruz. Siendo Ponente la Iltma. Sra. doña MARÍA PILAR ALONSO SAURA, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de instancia citado, con fecha 5 de mayo de 2.000, dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Fallo: Estimando la demanda interpuesta por D. Jose Carlos , representado por el Procurador Sr. Berenguer López, contra Construcciones Jobecons, S.L., representada por el Procurador Sr. Navarro Fuentes, y Compiscua Construcciones S.A. en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro que las fincas descritas en el hecho primero de esta sentencia, pertenecen en pleno dominio al actor, mandando levantar los embargos que recaen sobre las mismas en el Juicio Ejecutivo seguido en este mismo Juzgado con el número 384/97, cancelando las anotaciones preventivas a que hayan dado lugar como consecuencia de referido Juicio Ejecutivo del que dimana la presente causa al que se llevará testimonio de esta resolución, sin costas."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma interpuso recurso de apelación CONSTRUCCIONES JOBECONS, S.L., siendo admitido en ambos efectos y con emplazamiento de laspartes, fueron remitidos los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo por la Sección Tercera con el n° 259/2.000, compareciendo las partes indicadas en la cualidad antes expresada y tras el traslado de instrucción, se señaló la vista para el día 28 de noviembre de 2.000, que se celebró con asistencia de los Letrados respectivos que solicitaron, el de la parte apelante, la revocación de la sentencia apelada, y el de la parte apelada su confirmación y que se impusieran las costas al apelante.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR