STSJ Canarias 109/2007, 16 de Marzo de 2007

PonenteJAIME BORRAS MOYA
ECLIES:TSJICAN:2007:824
Número de Recurso1768/2003
Número de Resolución109/2007
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA num 109/07

Ilmos. Sres.

Presidente:

Don Francisco José Gómez Cáceres.

Magistrados:

Don Jaime Borrás Moya.

Don Javier Varona Gómez Acedo.

En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a dieciséis de marzo de 2.007.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas, el presente recurso nº.1.768/03, en el que son partes, como recurrente, la mercantil Carlacand S.L., representada por la Procuradora Sra. Ramírez Jiménez, y como demandada, la Comunidad Autónoma de Canarias, representada por el letrado de sus servicios jurídicos, versando la misma sobre impugnación de resolución de la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio del Gobierno de Canarias desestimatoria de petición de licencia comercial específica para la implantación de un gran establecimiento comercial especializado supermercado en el término municipal de San Miguel de Abona, y siendo su cuantía indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio del Gobierno de Canarias de fecha 3 de junio de 2.003 se denegó la licencia comercial específica solicitada por la mercantil Carlacand S. L. para la implantación de un gran establecimiento comercial especializado supermercado indicado en el encabezamiento del presente fallo.

SEGUNDO

Frente a tal resolución desestimatoria se interpuso recurso contencioso administrativo por la Procuradora Sra. Ramírez Jiménez en representación de la mercantil Carlacand S.L., formulandose en el momento correspondiente la demanda interesando la anulación del acto administrativo impugnado, con declaración del derecho de la recurrente a obtener la licencia comercial solicitada.

TERCERO

Por su parte, la Administración demandada se opuso al recurso interesando su desestimación.

CUARTO

Finalizado el periodo probatorio se dio traslado a las partes para conclusiones, tras lo cual se trajeron los autos a la vista con citación de partes para sentencia, con señalamiento del día dieciséis de marzo del presente año para votación y fallo, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Jaime Borrás Moya, que expresa el parecer unánime de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La cuestión a discernir en el presente procedimiento consiste en determinar si la resolución desestimatoria antes indicada de la Consejería de Economía, Hacienda y...

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