STSJ Cataluña 196/2007, 15 de Marzo de 2007

JurisdicciónEspaña
Fecha15 Marzo 2007
EmisorTribunal Superior de Justicia de Cataluña, sala Contencioso Administrativo
Número de resolución196/2007

SENTENCIA Nº 196/2007

Ilmos. Sres.:

Presidente

DON ALBERTO ANDRÉS PEREIRA

Magistrados

DON JOSÉ MANUEL DE SOLER BIGAS

DOÑA ALICIA ESTHER ORTUÑO RODRIGUEZ

En la Ciudad de Barcelona, a quince de marzo de dos mil siete.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN QUINTA) ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso de apelación nº 136/2006, interpuesto por D. Arturo , defendido por el Letrado D. Francesc Montagut Piqué, siendo parte apelada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Abogado del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JOSÉ MANUEL DE SOLER BIGAS, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Procedimiento Abreviado nº 365/2005, seguido a instancias del aquí apelante ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Barcelona, se dictó Auto en fecha 27 de octubre de 2005 , por el que se acordó "no haber lugar a la suspensión del acto administrativo más arriba suficientemente identificado".

SEGUNDO

Contra el referido Auto se interpuso recurso de apelación por la parte actora, que fue admitido a trámite, dándose traslado del mismo a la contraparte para que formalizase su oposición en el plazo legal.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sala, se acordó formar el oportuno rollo de apelación, se designó Magistrado Ponente y no habiéndose solicitado la apertura de un período de prueba o los trámites de vista o conclusiones, se señaló fecha para la votación y fallo del recurso, con las demás vicisitudes procesales que resultan de los autos.CUARTO - En la sustanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Resulta de lo actuado que la Subdelegación del Gobierno en Barcelona resolvió en fecha 11 de febrero de 2005 "denegar (a D. Arturo ) su solicitud de renovación de autorización de trabajo y residencia".

Interpuesto por el Sr. Arturo recurso contencioso-administrativo contra dicha resolución, correspondió su conocimiento al Juzgado de lo Contencioso nº 2 de Barcelona, que lo tramitó como Procedimiento Abreviado nº 365/2005 , dictando en fecha 27 de octubre de 2005 el Auto al que se ha hecho mención en los antecedentes de esta sentencia, por el que acordó denegar la suspensión de la resolución administrativa impugnada, en cuanto contenía la advertencia de la obligación legal de abandonar el territorio español.

Formulado por la parte actora recurso de apelación contra el referido Auto de fecha 27 de octubre de 2005 , la parte demandada y apelada se opuso al recurso, que se elevó a esta Sala.

Deliberado que fue el presente recurso de apelación y habiéndose acordado la práctica de diligencias finales o para mejor proveer, a fin de que por el Juzgado

de lo Contencioso nº 2 de Barcelona se remitiera determinada documentación obrante en los autos principales, por dicho Juzgado se ha comunicado que el pasado 17 de octubre de 2006 se dictó sentencia en dicho procedimiento, que acompañó por copia, desestimatoria del recurso contencioso interpuesto por el actor y apelante, la cual ha devenido firme.

SEGUNDO

Con arreglo al art. 129 LJCA , interpuesto un recurso...

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