ATC 223/2007, 19 de Abril de 2007
Ponente | Excms. Srs. Rodríguez-Zapata Pérez, García-Calvo y Montiel y Pérez Tremps |
Fecha de Resolución | 19 de Abril de 2007 |
Emisor | Tribunal Constitucional - Sección Segunda |
ECLI | ES:TC:2007:223A |
Número de Recurso | 1703-2005 |
A U T O
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Mediante escrito registrado en este Tribunal el 10 de marzo de 2006,
la Procuradora de los Tribunales doña María José Corral
Losada, en nombre y representación de don Emilio Octavio de Toledo
y Ubieto, y bajo la dirección del Letrado don Arturo Ventura Püschel,
interpuso demanda de amparo contra la Sentencia de la Sección Sexta
de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid de 31 de enero de 2005, dictada en el proceso ordinario núm.
250-2002, y contra la Resolución del Secretario de Estado de universidades,
investigación y desarrollo de 17 de enero de 2002, dictada en el
expediente núm. 1226-2001, por la que se confirma el Acuerdo de la
Comisión nacional evaluadora de la actividad investigadora de 11
de julio de 2001. Dicho recurso fue registrado con el núm. 1703-2005
y su conocimiento correspondió por turno de reparto a la Sección
Segunda de este Tribunal.
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De conformidad con el Acuerdo de 16 de junio de 2004, del Pleno del
Tribunal Constitucional, por el que se dispone la composición de
las Salas y Secciones del Tribunal Constitucional (Boletín Oficial
del Estado de 23 de junio de 2004), a partir de la referida fecha la Sección
Segunda, presidida por el Magistrado Excmo. Sr. don Jorge Rodríguez-Zapata
Pérez, está integrada por los Excms. Srs. don Jorge Rodríguez-Zapata
Pérez, don Roberto García-Calvo y Montiel y don P.P. (art. 1º.3).
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Mediante escrito de fecha 13 de marzo de 2007, el Magistrado Excmo.
Sr. don P.P. manifestó su voluntad de abstenerse
en el presente recurso de amparo y todas sus incidencias, por entender que
concurría la causa establecida legalmente en el art. 219.9ª LOPJ,
por la estrecha amistad que desde hace muchos años le une con el
recurrente.
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De conformidad con lo dispuesto en el art. 15, en relación con
los arts. 7 y 8 LOTC, y el Acuerdo de 20 de enero de 2005, del Pleno del
Tribunal Constitucional (BOE de 25 de enero de 2005), por el que se regula
la sustitución de Magistrados a los efectos previstos en el art.
14 LOTC, la Excma. Sra. doña María Emilia Casas Baamonde,
Presidenta del Tribunal, acordó, con fecha 14 de marzo de 2005, designar
como sustituto del Magistrado don P.P. al Magistrado
don Javier Delgado Barrio, para completar dicha Sección, con el objeto
de resolver sobre la abstención formulada y, en su caso, sobre la
admisibilidad del recurso de amparo.
nico. Vista la comunicación efectuada por don P.P., Magistrado de este Tribunal, en virtud de lo previsto en los arts.
80 LOTC y 221.4 LOPJ, se estima justificada la causa de abstención
formulada, puesto que el mencionado Magistrado, en atención a la
amistad íntima que le une al recurrente, está incurso en la
causa de abstención del párrafo 9ª del art. 219 LOPJ.
Por todo ello, la Sección
A C U E R D A
Estimar justificada la abstención formulada por el Magistrado Excmo.
Sr. don P.P. en el recurso de amparo núm. 1703-2005
y apartarle definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas
sus incidencias.
Madrid, a diecinueve de abril de dos mil siete.
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STC 17/2009, 26 de Enero de 2009
...de la resolución de la CNEAI en cuanto evalúa negativamente el primero de los dos tramos sometidos a criterio evaluador. 4. Por ATC 223/2007, de 19 de abril, la Sección Segunda de este Tribunal, con la composición que allí consta, acordó estimar justificada la abstención formulada por el Ma......