Cuestión Vinculante nº V1065-05 de Direccion General de Tributos, 14 de Junio de 2005
Fecha | 14 Junio 2005 |
El artículo 10 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS), aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, establece en su apartado 3 que "en el método de estimación directa, la base imponible se calculará, corrigiendo, mediante la aplicación de los preceptos establecidos en esta ley, el resultado contable determinado de acuerdo con las normas previstas en el Código de Comercio, en las demás leyes relativas a dicha determinación y en las disposiciones que se dicten en desarrollo de las citadas normas".
Entre los preceptos que contiene el TRLIS para corregir el resultado contable y determinar la base imponible, no figura ninguna norma destinada a calificar si un determinado concepto debe figurar en el activo del balance o si por el contrario debe considerarse como un gasto del ejercicio, ya que dicha calificación es propia de la normativa mercantil. En este sentido, el apartado 2 del artículo 184 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, establece que "el activo inmovilizado comprenderá los elementos del patrimonio destinados a servir de forma duradera en la actividad de la sociedad".
Por otra parte, el artículo 38 del Código de Comercio establece que, salvo casos excepcionales, los elementos del inmovilizado se contabilizarán por el precio de adquisición, o por el coste de producción. Igualmente, el apartado 1 del artículo 15 del TRLIS establece como regla general que "los elementos patrimoniales se valorarán al coste de adquisición o coste de producción".
En el caso consultado, tanto los bienes de equipo como las inversiones realizadas en las fincas pasan a incorporarse al patrimonio de la entidad consultante, a cambio del pago de determinados importes, que en el segundo de los casos (inversiones realizadas en las fincas), ha recibido la denominación de "indemnización". º
En el caso concreto de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Aplicación del valor de mercado en otras operaciones. Permutas
...estar todas ellas directamente relacionadas con ésta y ser necesarias para la puesta del activo en condiciones operativas (CDGTV 1065/2005, de 14 de junio de 2005 [j 1], CDGTV 1365/2007, de 25 de marzo de 2007 ; 2365/2007, de 6 de noviembre de 2007 [j 2] y CDGTV de 18 de noviembre de 2010 [......
-
Reglas de valoración especiales en el IS. Coberturas contables
...estar todas ellas directamente relacionadas con ésta y ser necesarias para la puesta del activo en condiciones operativas (CDGTV 1065/2005, de 14 de junio de 2005 [j 1], CDGTV 2365/2007, de 6 de noviembre de 2007 [j 2], CDGTV de 18 de noviembre de 2010 [j 3]; y CDGT 0980/1999, de 10 de juni......
-
Cuestiones generales de las reglas de valoración en el Impuesto sobre Sociedades
...... en la segunda parte de este Plan General de Contabilidad.”. El PGC , en el citado ... en condiciones operativas ( CDGTV 1065/2005, de 14 de junio de 2005 [j 1] , CDGTV ... de acuerdo a las reglas de otros tributos, por ejemplo, el “valor real” del Impuesto ... Jurisprudencia citada ↑ Cuestión Vinculante nº V1065-05 de Direccion General de ......
-
Aplicación del valor de mercado en operaciones societarias. Valoración en las aportaciones a entidades
...... en la segunda parte de este Plan General de Contabilidad.” El PGC , en el citado ... en condiciones operativas ( CDGTV 1065/2005, de 14 de junio de 2005 [j 1] , CDGTV ... y doctrina citada ↑ Cuestión Vinculante nº V1065-05 de Direccion General de ... nº V2365-07 de Direccion General de Tributos, 6 de Noviembre de 2007 . ↑ ......