SAP Madrid 148/2002, 30 de Marzo de 2002
Ponente | ALBERTO GUMERSINDO JORGE BARREIRO |
ECLI | ES:APM:2002:4428 |
Número de Recurso | 102/2002 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 148/2002 |
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª |
SENTENCIA N° 148
Magistrados:
Alberto JORGE BARREIRO (ponente)
Adrián VARILLAS GÓMEZ
José Mª CELEMIN PORRERO
Rollo P-102/2002
J. Oral 506/2001
Jzgdo. Penal n° 3 de Móstoles
En Madrid, a 30 de marzo de dos mil dos.
Este Tribunal ha deliberado sobre el recurso de apelación interpuesto por Oscar contra la sentencia dictada por la Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal n° 3 de Móstoles, el 30-I-2002, en la causa arriba referenciada.
El apelante estuvo asistido del Letrado Luis Soriano Soriano.
ANTECEDENTES PROCESALES
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El relato de hechos probados de la sentencia apelada dice así: "El acusado, Oscar , mayor de edad y ejecutoriamente condenado entre otras en sentencia de 26-II- 98 como autor de un delito de robo a la pena de un mes y quince días de multa, y por sentencia de 12-V-00 por un delito de robo de uso a la pena de tres meses de multa, sobre las 2 horas del día 21 de mayo de 2001, con ánimo de obtener un beneficio económico ilícito saltó hasta la ventana del almacén del restaurante La unión, sito en la Avda de la Industria n° 45 de la localidad de Humanes, y tras forzar una chapa de protección se introdujo en su interior, apoderándose de varias botellas de licor, siendo sorprendido por un vigilante de seguridad cuando abandonaba el lugar y recuperándose en su poder todos los efectos sustraídos.
El Perjudicado ha renunciado a la indemnización que pudiera corresponderle".
La resolución impugnada contiene el siguiente Fallo: "Que debo condenar y condeno a Oscar , como autor responsable de un delito intentado de robo con fuerza en las cosas, concurriendo la agravante de reincidencia, a las penas de once meses de prisión y de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como al abono de las costas procesales".II. La parte apelante interesó que se revocara la sentencia apelada y se dictara otra absolutoria.
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El Ministerio Fiscal instó la confirmación de la resolución recurrida.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan los que constan relatados en la sentencia apelada.
MOTIVACIÓN
El recurso se circunscribe al tema probatorio, al alegar el apelante que concurre error en la apreciación de la prueba por no constar acreditado que forzara la ventana del establecimiento y accediera al interior para sustraer las botellas de licor. El impugnante aduce que las encontró en las inmediaciones del bar, junto a unos contenedores y que, por consiguiente, no las cogió...
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