SAP Valencia 274/2005, 17 de Mayo de 2005

PonenteMARIA FE ORTEGA MIFSUD
ECLIES:APV:2005:2447
Número de Recurso323/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución274/2005
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª

SENTENCIA nº 2 7 4

SECCIÓN OCTAVA

Ilustrísimos Señores:

Presidente,

D. Eugenio Sánchez Alcaraz

Magistrados,

D. Enrique Emilio Vives Reus

Dª María Fe Ortega Mifsud

En la ciudad de Valencia, a diecisiete de Mayo de dos mil cinco.

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente la Ilma Sra Dª María Fe Ortega Mifsud, los autos de Juicio Ordinario promovidos ante el Juzgado de Primera Instancianº 10 de Valencia con el nº 618/03 por "Estructuras Zinorra S.L" contra "BM3 Barbi Gres Mediterráneo,S.A", sobre reclamación de cantidad, pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por "BM3 Barbi Gres Mediterráneo, S.A".

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de Primera Instancia nº 10 de Valencia en fecha 30 de Diciembre de 2.004 , contiene el siguiente: "FALLO: 1º) Estimando en parte la demanda impuesta por la representación de Estructuras Zinorra, S.L. contra Barbi Gres Mediterráneo, S.A (BM3), condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de veintidós mil quinientas cincuenta y cinco euros con noventa y ocho céntimos (22.555'98 euros), más el interés legal de la misma a devengar desde el 2 de Agosto de 2.002. 2º) No se realiza imposición de las costas procesales causadas en esta primera instancia."

SEGUNDO

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por "BM3 Barbi Gres Mediterráneo, S.A", admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, donde oportunamente se tramitó la alzada, señalándose para su Deliberación y Votación el día 11 de Mayo de

2.005.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

BM3 Barbi-Gres Mediterráneo SA formula recurso de apelación frente a la sentencia que estimó en parte la demanda frente a ella planteada por Estructuras Zinorra SL impugnando únicamente el pronunciamiento de la sentencia relativo a intereses, invocando que como la cantidad no era líquida ni determinada, éstos no se devengan sino a partir de la fecha de la sentencia, de ahí la estimación parcial de la demanda.

SEGUNDO

El recurrente pretende trasladar el momento del devengo de intereses a la fecha de la resolución judicial por entender que es a partir de la misma cuando queda concretada la cantidad adeudada. Examinadas las actuaciones, el motivo no...

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