SAP Huelva 127/2005, 18 de Julio de 2005

PonenteFRANCISCO BELLIDO SORIA
ECLIES:APH:2005:767
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución127/2005
Fecha de Resolución18 de Julio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA

Seccin Primera

RECURSO:Recurso de APELACION 194/05

Proc. Origen: Modificacin de medidas 457/03

Juzgado Origen :1 Instancia num. 2 de Valverde del Camino.

SENTENCIA

Iltmos. Sres.:

D. SANTIAGO GARCIA GARCIA

D. FRANCISCO BELLIDO SORIA (Ponente)

D MERCEDES IZQUIERDO BELTRAN

En Huelva, a dieciocho de julio de dos mil cinco.-

La Seccin Primera de esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados indicados y bajo la ponencia del Ilmo. Sr. D. FRANCISCO BELLIDO SORIA ha visto en grado de apelacin el juicio de modificacin de medidas num. 457/03 del Juzgado de 1 Instancia num. 2 de Valverde del Camino, en virtud de recurso interpuesto por Don Jose ngel, asistido por el Letrado sr. Palomo Bort, siendo apelados doa Carmela, asistida por el Letrado sr. Majn Cabeza Quiones y el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

  2. - Por el Juzgado de Primera Instancia indicado, con fecha 03 de febrero de 2005 se dict sentencia por la que se estimaba en parte la demanda interpuesta por el Procurador sr. Teba Daz en nombre y representacin de don Jose ngel, contra doa Carmela, representada por el Procurador Sr. Zamorano Alvrez, acordando modificar el rgimen de visitas establecido a favor de D. Jose ngel, el cual podr tener a su hijo menor en su compaa, cuando se trate de fines de semana largos, desde las 20 horas del jueves a las 20 horas del domingo, o bien, segn el caso, desde las 20.00 horas del viernes hasta las 20.00 horas del martes, con mantenimiento del importe de la pensin de alimentos que a favor del menor y a cargo del sr. Jose ngel, fue aprobado judicialmente por sentencia recada el 18 de diciembre de 2.000 en los autos de divorcio seguidos bajo el n 89/00. Todo ello sin especial pronunciamiento en materia de costas.

  3. - Contra la anterior se interpuso recurso de apelacin, por el padre que fue admitido en ambos efectos, y, dado traslado a las dems partes, fueron remitidos los autos a esta Audiencia, quedando para su resolucin.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso de apelacin interpuesto por el esposo, se circunscribe a un nico motivo, puesto que est conforme el recurrente con el otro punto de la sentencia que tiene que ver con el cambio del rgimen de comunicacin del padre con el hijo menor que ha sido ampliado a fines de semana largos, segn consta en la sentencia, dicho motivo se concreta en la reduccin de la cantidad que se fija en la resolucin recurrida como pensin alimenticia a favor del hijo que debe ser reducida a la cuanta de...

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