SAP Madrid 363/2005, 29 de Junio de 2005

PonentePURIFICACION MARTINEZ MONTERO DE ESPINOSA
ECLIES:APM:2005:8005
Número de Recurso408/2005
Número de Resolución363/2005
Fecha de Resolución29 de Junio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

Dª. PURIFICACION MARTINEZ MONTERO DE ESPINOSAD. JULIO CARLOS FRANCISCO DE PAUL SALAZAR BENITEZD. RAMON FERNANDO RODRIGUEZ JACKSON

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 20

MADRID

SENTENCIA: 00363/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 20ª

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 408/2005

Ilmos. Sres. Magistrados:

PURIFICACIÓN MARTÍNEZ MONTERO DE ESPINOSA

JULIO CARLOS SALAZAR BENÍTEZ

RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON

En MADRID, a veintinueve de junio de dos mil cinco.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 1133/2002, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 37 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 408/2005, en los que aparece como parte apelante Gabino, y como apelada BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO S.A., así como Carina, sobre impugnación de tasación de costas, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Doña PURIFICACIÓN MARTÍNEZ MONTERO DE ESPINOSA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 37 de Madrid, en fecha 29 de noviembre de 2004, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: 1.- Que debo desestimar y desestimo la impugnación por indebidas de la tasación de costas formulada por el codemandado D. Gabino y, en consecuencia, se aprueba la misma en la cantidad de ochocientos diecisiete euros con ochenta céntimos (817'80.- euros) que deberán abonar los demandados. 2.- Las costas del presente incidente de impugnación se imponen al codemandado impugnante D. Gabino.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por el codemandado Sr. Gabino, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, oponiéndose expresamente la entidad actora, al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Se aceptan los de la sentencia recurrida.

PRIMERO

Por la Juez "a quo" se ha dictado sentencia por la que se ha desestimado la impugnación de la tasación de costas practicada, por no considerar indebida la partida correspondiente a honorarios de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR