STSJ Comunidad de Madrid 397/2005, 6 de Mayo de 2005

PonenteALFONSO SABAN GODOY
ECLIES:TSJM:2005:5176
Número de Recurso93/2005
Número de Resolución397/2005
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

D. ALFONSO SABAN GODOYD. JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANODª. MARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZD. GERVASIO MARTIN MARTIN

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4

MADRID

SENTENCIA: 00397/2005

APELACIÓN Nº 93 de 2004

Ltda. Sra. Laura Iglesias Mañueco.

Proc. Sra. Montserrat Rodriguez Rodriguez

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección 4ª

PONENTE Sr. Alfonso Sabán Godoy

S E N T E N C I A Nº 397

Presidente Ilmo. Sr.

D. Alfonso Sabán Godoy

Magistrados Ilmos. Sres.

Juan Ignacio González Escribano

Dª Mª Rosario Ornosa Fernández

D. Gervasio Martín Martín

En Madrid a seis de mayo de dos mil cinco.

Visto el recurso de apelación número 93/04 interpuesto por Letrada Sra. Laura Iglesias Mañueco en nombre y representación de Arquitectura, Ingeniería y Servicios S.A contra la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 27 de los de Madrid de fecha 8 de septiembre de 2004. Habiendo sido parte el Ayuntamiento de Móstoles representado por la Procuradora Sra. Montserrat Rodriguez Rodriguez .

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Dictada la mencionada Sentencia desestimatoria la parte demandante interpone contra aquella el presente recurso de apelación mediante escrito en el que formuló las correspondientes alegaciones impugnatorias.

SEGUNDO

La representación procesal del demandada presentó su escrito de oposición a la apelación haciendo igualmente sus propias alegaciones.

TERCERO

Elevadas a este Tribunal las actuaciones y estando conclusas se señaló para deliberación y fallo del recurso el día 5 de Mayo de 2005.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Alfonso Sabán Godoy

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia apelada desestima el recurso contencioso-administrativo deducido frente al acuerdo del Ayuntamiento de Móstoles por el que se levantó la suspensión y, en consecuencia, se continuaron las actuaciones de recaudación por el impago, por parte de la apelante, de los recibos del IBI correspondientes a los ejercicios 1995 a 1998 en razón a la construcción de aparcamientos subterráneos para residentes. La sentencia se limita a señalar que al no haber procedimientos judiciales pendientes por impugnación de cada uno de los recibos procede la ejecución de los mismos y ello sin perjuicio de admitir la no sujeción al IBI, por carecer de la condición de sujeto pasivo, de las concesionarias o usuarios de dichos...

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