STSJ Comunidad de Madrid 811/2005, 6 de Julio de 2005
Ponente | ALFREDO ROLDAN HERRERO |
ECLI | ES:TSJM:2005:8159 |
Número de Recurso | 435/2002 |
Número de Resolución | 811/2005 |
Fecha de Resolución | 6 de Julio de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
D. ALFREDO ROLDAN HERRERODª. CLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIADª. MARIA JESUS VEGAS TORRESD. JOSE FELIX MARTIN CORREDERAD. FRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTA
Recurso nº 435/02
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1
MADRID
SENTENCIA: 00811/2005
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
RECURSO núm. 435/02
SENTENCIA Nº 811
PRESIDENTE:
D. Alfredo Roldán Herrero
MAGISTRADOS:
Dª Clara Martínez de Careaga y García
Dª María Jesús Vegas Torres
D. José Félix Martín Corredera
D. Francisco Javier Sancho Cuesta
En Madrid, a seis de julio de dos mil cinco.
Vistos los autos del recurso número435/02 que ante esta Sala ha promovido la Procuradora Dª Almudena Galán González, en nombre y representación de PLAZA MAYOR PARQUE DE OCIO, S.A., sobre marcas. Ha sido parte la Administración del Estado, representada por el Abogado del Estado y como codemandada ESPACIO COMERCIO Y OCIO, S.A., representada por el Procurador D. Santos de Gandarillas Carmona. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Alfredo Roldán Herrero.
Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 1-10-02, acordándose su admisión en fecha 3-10-02 con todo lo demás procedente en derecho.
En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha 27-11-03, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado en fecha 8-3-04 en el cual suplicó la desestimación del recurso. La codemandada contestó en fecha 19-5-04 suplicando la desestimación.
No solicitado el recibimiento a prueba, se dio traslado para conclusiones a las partes quienes alegaron lo conveniente y se señaló para votación y fallo el día 16-6-2005 en que tuvo lugar.
Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo, las siguientes resoluciones que estimaron el acceso al registro de la marca CENTRO COMERCIAL PLAZA MAYOR en los siguientes números:
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de fecha 13-6-02 revocando anterior de fecha 20-2-01 para la marca nº 2296215 en clase 35 (venta al detalle y comercios y centros comerciales, importación y exportación, representación, gestión de negocios, promoción de ventas.
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de fecha 13-6-02 revocando anterior de 20-2-01 para la marca nº 2296213 en clase 41 (salones de atracciones y juegos, servicios de parques zoológicos, actividades deportivas gimnasios, campos de golf, discoteca o sala de baile, salas de cine, teatro y casinos, servicios de orquesta).
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de fecha 13-6-02, que revoca anterior de 20-3-01 para la marca 2296212 en clase 42 (bares, restaurantes, cafetería, servicios médicos, guarderías, servicios informáticos y de arquitectura e ingeniería, investigaciones, peluquería, salón de belleza).
Presentadas las solicitudes se formalizaron oposiciones varias, pero ninguna por la aquí actora con carácter expreso. La OEPM denegó las inscripciones y...
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