SAP Madrid 241/2004, 10 de Marzo de 2004
Ponente | D. MIGUEL ANGEL SANCHEZ PLAZA |
ECLI | ES:APM:2004:3487 |
Número de Recurso | 321/2002 |
Número de Resolución | 241/2004 |
Fecha de Resolución | 10 de Marzo de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 14ª |
D. MIGUEL ANGEL SANCHEZ PLAZAD. PABLO QUECEDO ARACILDª. AMPARO CAMAZON LINACERO
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 14
MADRID
SENTENCIA: 00241/2004
Rollo: RECURSO DE APELACION 321 /2002
SENTENCIA
Ilmos. Sres. Magistrados:
MIGUEL ANGEL SANCHEZ PLAZA
PABLO QUECEDO ARACIL
AMPARO CAMAZON LINACERO
En MADRID, a diez de marzo de dos mil cuatro.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 14 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de MENOR CUANTIA 408 /2000, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 8 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 321 /2002, en los que aparece como parte apelante REPSOL PETROLEO S.A., representado por el procurador D. PABLO OTERINO MENENDEZ, y como apelado BSCH FACTORING Y CONFIRMING, S.A., ESTABLECIMIENTO DE CREDITO, S.A., quien formuló oposición al recurso en base al escrito que a tal efecto presentó, representado por el procurador D. FRANCISCO JOSÉ ABAJO ABRIL, y asistido por el Letrado D. ALFREDO SOLANA LÓPEZ, sobre juicio de Menor Cuantía, y al haberse reincorporado el Magistrado Ponente asume la Ponencia el Ilmo. Sr. D. MIGUEL ANGEL SANCHEZ PLAZA.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Madrid, en fecha 27 de junio de 2001, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es de tenor literal siguiente:" Que estimando íntegramente la demanda presentada por BSCH FACTORING Y CONFIRMING S.A. contra REPSOL PETRÓLEO S.A. debo condenar y condeno a la parte demandada a pagar a la actora la suma de 55.712.166 pesetas, más los intereses legales de dicha suma desde la interpelación judicial; con expresa condena en costas de la parte demandada REPSOL PETRÓLEO S.A."
Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte REPSOL PETROLEO S.A., al que se opuso la parte apelada BSCH FACTORING Y CONFIRMING S.A., y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC, se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
La vista pública, celebrada el día 10 de febrero de 2004, tuvo lugar con la asistencia de las representaciones de las partes.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales, excepto en el plazo para dictar sentencia, debido al cúmulo de asuntos pendientes que pesan sobre esta Sección.
Revisadas en la presente alzada las actuaciones del procedimiento de que dimana el presente rollo, y sobre la base de las alegaciones de las partes en sus respectivos escritos de interposición de recurso de apelación y de oposición al mismo, y de las expuestas por la entidad actora-apelada "BSCH Factoring y Confirming S.A.", con ocasión de la vista del recurso, única parte que compareció a la misma, aparece claro que la cuestión litigiosa gira en torno a una relación jurídica peculiar, cual es el contrato denominado como "factoring", en el que viene a fundamentar sus pretensiones la citada entidad actora, reclamando de la demandada-apelante "REPSOL PETROLEO S.A.", la suma de 55.712.166 pesetas, reclamación que se estima en la sentencia impugnada, precisamente por la singularidad de las relaciones que mediaban entre las partes, y contra la que se alza la demandada lo que constituye el objeto del presente recurso.
La adecuada resolución de las cuestiones planteadas, hace precisa la remisión a los antecedentes del caso que resumidamente se concretan en lo siguiente: en fecha 26 de diciembre de 1996, la entidad actora-apelada (antes Santander de Factoring), suscribe con la mercantil "COPLAIN S.A" en la localidad de Puertollano (Ciudad Real) y con intervención de Corredor de Comercio Colegiado, una "Póliza mercantil de contrato de factoring", en virtud de la cual y según la Estipulación primera del contrato, la citada mercantil COPLAIN cedía todos los créditos y derechos, de los que fuese titular frente a las sociedades que se detallaban en el Anexo I del contrato, entre las que figuraban "REPSOL PETROLEO S.A." y REPSOL QUIMICA S.A.", en virtud de las operaciones mercantiles que realizase a partir de la fecha del mismo, pactándose una duración de una año prorrogable por períodos sucesivos de igual duración, salvo denuncia con preaviso de quince días; de conformidad con la póliza, COPLAIN procedió a notificarlo a la demandada "REPSOL PETROLEO S.A.", mediante escrito de 27 de diciembre de 1996 intervenido por fedatario mercantil, poniéndole de manifiesto que desde entonces "Santander Factoring", se convertiría en acreedor en su lugar, en relación con los servicios y suministros que COPLAIN realizase a REPSOL PETROLEO, notificación que fue recogida por personal competente de REPSOL PETROLEO, el día 3 de enero de 1997; en el marco de dicha relación y durante los años 1997,1998, y 1999, COPLAIN fue cediendo al factor las facturas correspondientes de REPSOL, con el complemento documentario acreditativo de la certeza de las mismas, las que vino pagando sin objeción hasta mayo de 1999, momento en que remite a la demandada remesa de facturas cedidas por COPLAIN por servicios y suministros de mayo de septiembre de...
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