SAP Madrid 1098/2004, 3 de Diciembre de 2004
Ponente | JOSE GONZALEZ OLLEROS |
ECLI | ES:APM:2004:15622 |
Número de Recurso | 8/2004 |
Número de Resolución | 1098/2004 |
Fecha de Resolución | 3 de Diciembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª |
D. JOSE GONZALEZ OLLEROSD. JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ-VALDESD. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10
MADRID
SENTENCIA: 01098/2004
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
MADRID
Sección 10
1280A
C/ FERRAZ 41
Tfno.: 913971937/913971947 Fax: 913971935
N.I.G. 28000 1 7000083 /2004
Rollo: RECURSO DE APELACION 8 /2004
Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 609 /2001
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 3 de MAJADAHONDA
De: Baltasar
Procurador: MANUEL ORTIZ DE URBINA RUIZ
Contra: Teresa
Procurador: SOFIA PEREDA GIL
SOBRE: Reclamación de cantidad procedente de préstamo. Reconocimiento de deuda.
PONENTE: D. JOSE GONZALEZ OLLEROS
SENTENCIA
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSE GONZALEZ OLLEROS
D. JUAN LUIS GORDILLO ÁLVAREZ VALDES
D. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS
En MADRID , a tres de diciembre de dos mil cuatro.
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 609/01, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Mahajadahonda, seguidos entre partes, de una, como demandado- apelante D. Baltasar, representado por el Procurador Don Manuel Ortíz de Urbina Ruíz y defendido por Letrado, y de otra como demandante-apelada, Dª Teresa, representada por la Procuradora Doña Sofía Pereda Gil y defendida por Letrado, seguidos por el trámite de juicio ordinario.
VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE GONZALEZ OLLEROS.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Majadahonda, en fecha 28 de julio de 2003, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO: "ESTIMO sustancialmente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª Teresa Jiménez de la Peña, en nombre y representación de Dª Teresa, contra D. Baltasar, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª Francisca Inmaculada Izquierdo Labella y contra la esposa del demandado, Dª Teresa a los efectos del artículo 144 del Reglamento Hipotecario y, en consecuencia, CONDENO al demandado a que pague a la actora la cantidad de DIECISIETE MIL SESICIENTOS NOVENTA Y SIETE EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS (17.697,60 euros que equivalen a 2.944.640 Ptas. de antes de la conversión) más los intereses legales desde la fecha del emplazamiento al demandado, que fue el 17 de enero de 2002 e incrementados en dos puntos, desde la fecha de la sentencia, para el caso de mora procesal. Asimismo, DESESTIMO íntegramente la ALEGACION DE LA EXISTENCIA DE CREDITO COMPENSABLE formulada por D. Baltasar contra Dª Teresa y seguida como demanda reconvencional, por lo que, en consecuencia, ABSUELVO a ésta de los pedimentos contenidos en la demanda de reconvención. Todo ello con expresa condena en costas, tanto de la demanda como de la reconvención, al demandado D. Baltasar".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada-apelante. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
Por providencia de esta Sección, de fecha 28 de julio de 2004, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 29 de noviembre de 2004.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Por la representación del apelante D. Baltasar, demandado en primera instancia, se interpone recurso contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez de l0 inscia. n1 3 de Majadahonda con fecha 28 de Junio de 2.003, estimatoria de la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por la actora Dª. Teresa, reproduciendo en esta alzada como motivos de apelación los mismos argumentos...
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