SAP Madrid 847/2004, 20 de Septiembre de 2004

PonenteJUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ-VALDES
ECLIES:APM:2004:11924
Número de Recurso435/2003
Número de Resolución847/2004
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª

D. JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ-VALDESD. JOAQUIN NAVARRO ESTEVAND. JOSE GONZALEZ OLLEROS

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 913971937/913971947 Fax: 913971935

N.I.G. 28000 1 7006178 /2003

Rollo: RECURSO DE APELACION 435 /2003

Autos: JUICIO VERBAL 664 /2002

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de ALCALA DE HENARES

De: Rogelio

Procurador: IGNACIO ARGOS LINARES

Contra: María Purificación PELAYO MUTUA SEGUROS Y R. A P.FIJA

Procurador:

PONENTE: D. JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ VALES.

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOAQUIN NAVARRO ESTEVAN

D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS

D. JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ VALES

En MADRID , a veinte de septiembre de dos mil cuatro .

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 664/02, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Alcalá de Henares, seguidos entre partes, de una, como apelante Rogelio, representado por el Procurador Don Ignacio Argos Linares y defendido por Letrado, y de otra como apelado, María Purificación Y PELAYO MUTUA DE SEGUROS, defendidos por Letrado, seguidos por el trámite de juicio verbal.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo.Sr. D. JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ VALES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alcalá de Henares, en fecha 6 de marzo de 2003, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO: " Que debía desestimar la demanda interpuesta por Rogelio, representado por el Procurador Don Angel Jesús Guillén Pérez y asistido por el Letrado Don Pedro Pablo Cicuendez Rodríguez, contra María Purificación Y MUTUA PELAYO, representadas por el Procurador Don José Francisco Reino García, y asistidas por la Letrada Doña Juliua Vicente Sánchez-Cerezo, condenando a la demandante al pago de las costas de esta juicio".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante-apelante. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 13 de mayo de 2004, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 13 de septiembre de 2004.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los de la sentencia apelada

PRIMERO

Frente a la sentencia recaída, por la actora se alza recurso de apelación invocando error en la celebración de la prueba esgrimiendo la preferencia que ostenta la C/ Mayor de Meco, por la que circulaba, frente a la calle por la que circulaba el demandado.

SEGUNDO

Si...

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