SAP Madrid 27/2005, 24 de Enero de 2005
Ponente | JOSE ANTONIO NODAL DE LA TORRE |
ECLI | ES:APM:2005:609 |
Número de Recurso | 456/2003 |
Número de Resolución | 27/2005 |
Fecha de Resolución | 24 de Enero de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª |
D. JOSE ANTONIO NODAL DE LA TORRED. JUAN ANGEL MORENO GARCIADª. ALMUDENA TERESA SEBASTIAN MONTERO
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 9
MADRID
SENTENCIA: 00027/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección Novena
SENTENCIA NÚMERO: 27
Rollo: 456 /2003
Ilmos. Sres. Magistrados:
Don José Antonio Nodal de la Torre
Don Juan Angel Moreno García
Doña Almudena Teresa Sebastián Montero
En Madrid, a veinticuatro de enero de dos mil cinco.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de Juicio declarativo de Menor Cuantía nº 534/1999, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 42 de Madrid, a los que ha correspondido el Rollo nº 456/2003, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelante CURPILE, S.A., representada por el Procurador Sr. Don Pedro Antonio González Sánchez y defendida por la Letrado Doña María Dolores Gil Monterroso; de otra, como demandada y hoy apelada AUTONOMOUS CARGO SYSTEMS, S.L., representada por la Procuradora Sra. Doña Natalia Martín de Vidales Llorente y defendida por el Letrado Don Rafael Fernández Crespo; de otra, como demandados y hoy también apelados, ÁLVARO LÓPEZ SIGUERO, S.L. Y DON Jose Ramón, representados por el Procurador Sr. Don Tomás Alonso Ballesteros y defendidos por el Letrado Don Mariano Vicente de Foranga; y de otra, como demandada y hoy apelada LUIS LÓPEZ, S.A., en situación procesal de rebeldía; sobre reclamación de cantidad.
SIENDO MAGISTRADO PONENTE EL ILMO. SR. D. José Antonio Nodal de la Torre.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 42 de Madrid, en fecha 31 de octubre de 2002, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo: "Que debo desestimar y desestimo el suplico de la demanda inicial de estas actuaciones interpuesta por el Procurador D. PEDRO ANTONIO GONZALEZ SANCHEZ en nombre y representación de CURPILE S.A. contra "LUIS LÓPEZ S.A." declarada en rebeldía, "ALVARO LÓPEZ SIGUERO S.L." y D. Jose Ramón representados por el Procurador D. TOMAS ALONSO BALLESTEROS y AUTONOMOUS CARGO SYSTEMS S.L. representada por la Procuradora Dña. NATALIA MARTÍN DE VIDALES Y LLORENTE, absolviendo a dichos demandados de las pretensiones contra ellos deducidas en la demanda y debo condenar y condeno a la sociedad actora al pago de las costas causadas en el presente procedimiento."
Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la demandante, del que se dio traslado al resto de las partes quienes a su vez se opusieron al mismo, elevándose posteriormente las actuaciones a esta Superioridad.
Habiéndose solicitado por la representación procesal de la parte apelante en su escrito de interposición del presente recurso la unión de los documentos que junto al mismo se aportaban, por Auto de fecha 1 de abril del pasado año se acordó la incorporación de los mismos, quedando las actuaciones pendientes de señalamiento de vista pública, señalándose para que tuviera lugar la misma la audiencia del día veinte de enero del presente año, a la que asistieron los referidos Letrados y Procuradores, habiéndose documentado en soporte apto para la grabación y reproducción del sonido y de la imagen.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Se aceptan los de la sentencia apelada en cuento no se opongan a lo que a continuación se dirá, y
Manifiesta la recurrente estar completamente disconforme con las apreciaciones realizadas por el Juez "a quo", lo mismo con los hechos que considera acreditados, que con las relaciones jurídicas existentes entre ella y sus oponentes, que pasa a continuación a estudiar, pero olvida que, como la...
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