STSJ Comunidad de Madrid 57/2005, 31 de Enero de 2005

PonenteJOSE LUIS GILOLMO LOPEZ
ECLIES:TSJM:2005:828
Número de Recurso6186/2004
Número de Resolución57/2005
Fecha de Resolución31 de Enero de 2005
EmisorSala de lo Social

D. MIGUEL ANGEL LUELMO MILLAND. JOSE LUIS GILOLMO LOPEZD. JUAN JOSE NAVARRO FAJARDO

RSU 0006186/2004

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.4

MADRID

SENTENCIA: 00057/2005

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 004(C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 34 4 2004 0006180, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 6186/2004

Materia: CANTIDAD

Recurrente/s: BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO SA BSCH

Recurrido/s: Carlos Daniel, Narciso, Eugenio, Pedro Enrique, Sergio, Lucas

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 26 de MADRID de DEMANDA 58/2004

M.R.

Sentencia número: 57/2005

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

MIGUEL ANGEL LUELMO MILLAN

JOSE LUIS GILOLMO LOPEZ

JUAN JOSE NAVARRO FAJARDO

En MADRID a treinta y uno de Enero de dos mil cinco, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 4 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

en el RECURSO SUPLICACION 6186/2004, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. EUGENIO TEMES FUERTES, en nombre y representación de BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO SA, contra la sentencia de fecha 1 de abril de 2004, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 26 de MADRID en sus autos número DEMANDA 58/2004, seguidos a instancia de Carlos Daniel, Narciso, Eugenio, Pedro Enrique, Sergio, Lucas representados por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª. PEDRO ANTONIO SOTO FERNANDEZ, frente al recurrente, en reclamación por CANTIDAD, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. JOSE LUIS GILOLMO LOPEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

Carlos Daniel comenzó a prestar servicios para el Banco Santander Central Hispano SA (BSCH) en fecha 6.12.79, ostentando la categoría profesional de Técnico Nivel 11 y percibiendo una asignación concertada mensual por prejubilación de 3.117,75 euros, en doce pagas.

El actor en el mes de junio de 1999, se adhiere a la propuesta del Banco para prejubilarse con el 100% del salario pensionable bruto a la fecha de prejubilación, mediante escrito redactado por el propio Banco.

En fecha 241.12.99, recibe escrito de la empresa por el que se le comunica la aceptación de su solicitud con fecha 31.12.99, fijándole una asignación concertada anual de 37.413 euros, coincidente con el 100% del salario pensionable bruto, que se le abonarán en doce mensualidades.

En marzo del año 2000, con motivo de la fusión con Banco Santander, el personal del Banco Santander Central Hispano ha percibido el importe de dos pagas de beneficios sobre las que ya percibían, habiéndole abonado al actor, en dicho mes, la parte proporcional de las dos pagas de beneficios al tiempo trabajado durante el año 1999, que asciende a un total de 4000, 66 euros (12/12 de las dos pagas).

El actor reclama que se reconozca su derecho a ver incrementada su asignación concertada en el importe anual de 4000,66 euros (dos pagas), así como al pago, por tal concepto, de las cantidades que a continuación se detallan:

Año 2000: 4000,66 euros.

Año 2001: 4000,66 euros.

Año 2001: 4000,66 euros.

TOTAL: 12001,98 euros.

El actor interpuso en fecha 5.12.2003 papeleta de conciliación ante el SMAC, siendo citadas las partes para el día 23.12.2003, celebrándose el acto sin avenencia.

(autos 58/04)

SEGUNDO

Narciso comenzó a prestar servicios para el BSCH SA en fecha 19.7.1966, ostentando la categoría profesional de Técnico Nivel V y percibiendo una asignación concertada mensual por prejubilación de 2539,28 euros, en doce pagas.

El actor en el mes de noviembre de 1999, se adhiere a la propuesta del Banco para prejubilarse con el 100% del salario pensionable bruto a la fecha de prejubilación, mediante escrito redactado por el propio Banco.

Enfecha17.l2.l999, recibe escrito de la empresa por el que se le comunica la aceptación de su solicitud con fecha 31.12.l999, fijándole una asignación concertada anual de 30.47l,31 euros, coincidente con el 100% del salario pensionable bruto, que se le abonarán en doce mensualidades.

En marzo del año 2000, con motivo de la fusión con Banco Santander, el personal del Banco Santander Central Hispano ha percibido el importe de dos pagas de beneficios sobre las que ya percibían, habiéndole abonado al actor, en dicho mes, la parte proporcional de dos pagas de beneficios al tiempo trabajado durante el año 1999, que asciende a un total de 3.250,96 euros (12/12 de las dos pagas).

El actor reclama que se reconozca su derecho a ver incrementada su asignación concertada en el importe anual de 3.250,96 euros (dos pagas) así como al pago, por tal concepto, de las cantidades que a continuación se detallan:

Año 2000:3.250,96 euros.

Año 2001:3.250,96 euros.

Año 2002:3.250,96 euros.

Total que reclama:9.752,88 euros.

El actor interpuso en fecha 13.11.203 papeleta de conciliación ante el SMAC, siendo citadas las partes para el día 28.11.2003 celebrándose el acto sin avenencia.

(autos 64/04).

TERCERO

Eugenio comenzó a prestar servicios para el BSCH SA en fecha 25.10.71, ostentando la categoría profesional de Administrativo nivel IX y percibiendo una asignación concertada mensual por prejubilación de 1904,71 euros en doce pagas.

El actor en el mes de octubre de 19999, se adhiere a la propuesta del Banco para prejubilarse con el 100% del salario pensionable bruto a la fecha de prejubilación, mediante escrito redactado por el propio Banco.

En fecha 17.12.1999, recibe escrito de la empresa por el que se le comunica la aceptación de su solicitud con fecha 31.12.1999, fijándole una asignación concertada anual de 22.856,52 euros, coincidente con el 100% del salario pensionablebruto,quese le abonarán en doce mensualidades.

En marzo del año 2000, con motivo de la fusión con Banco Santander, el personal del Banco Santander Central Hispano ha percibido el importe de dos pagas de beneficios sobre las que ya percibían, habiéndole abonado al actor, en dicho mes, la parte proporcional de las dos pagas de beneficios al tiempo trabajador durante el año 1999, que asciende a un total de 2.454,35 euros (12/12 de las dos pagas).

El actor reclama que se reconozca su derecho a ver incrementada su asignación concertada en el importe anual de 2.454,35 euros (dos pagas), así como al pago por tal concepto, de las cantidades que continuación se detallan:

Año 2000:2.454,35 euros

Año 2001:2.454,35 euros

Año 2002:2.454,35 euros

Año 2003:2.454,35 euros

Total que reclama: 9.817,40 euros

El actor interpuso en fecha 17.12.2003 conciliación ante el SMAC, siendo citadas las partes para el día 8.1.2004 celebrándose el acto sin avenencia.

(autos 75/04).

CUARTO

Pedro Enrique comenzó a prestar servicios para el BSCH SA en fecha 13.4.1970, ostentando la categoría profesional de Administrativo Nivel IX y percibiendo una asignación concertada por prejubliación mensual de 1.914,07 euros, en doce pagas.

En el mes de marzo 1999, se adhiere a la propuesta del Banco, para prejubilarse con el 100% del salario pensionable bruto a la fecha de prejubilación. Mediante escrito redactado por el propio Banco.

En fecha 16.9.1999, recibe escrito del Banco, notificándole la aceptación de su solicitud, con fecha 30.9.99. Fijándole una asignación concertada de 22.408,60 euros anuales, que se abonarán en doce mensualidades, coincidente con el 100% del salario pensionable bruto. Que en el mes de Noviembre por aplicación del Convenio, la asignación concertada queda fijada en 1.914,07 euros mensuales, en doce pagas.

En marzo del año 2000, con motivo de la fusión con Banco Santander, el personal del BSCH ha percibido el importe de dos pagas de beneficios sobre las que ya percibían.

Habiéndole abonado al actor en dicho mes la parte proporcional de las dos pagas de beneficios, al tiempo trabajado durante el año 1999, que asciende a 1840,76 euros (9/12 de las dos pagas).

El actor reclama que se reconozca su derecho a ver incrementada su asignación concertada en la cantidad anual de 1840,76 euros (9/12 de las dos pagas), así como al abono por tal concepto de las siguientes cantidades:

Año 2000:1840,76 euros

Año 2001:1840,76 euros

Año 2002:1840,76 euros

Interpuso en fecha: 8.12.2003 papeleta de conciliación ante el SMAC, siendo citadas las partes para el día 23.12.2003, celebrándose el acto sin avenencia.

(autos 76/04).

QUINTO

Sergio comenzó a prestar servicios para el BSCH SA en fecha 21.9.66, ostentando la categoría profesional de Administrativo Nivel IX y percibiendo una asignación concertada por prejubilación mensual de 3.042,62 euros, en doce pagas.

En el mes de abril 1999, se adhiere a la propuesta del banco, para prejubilarse con el 100% del salario pensionable bruto a la fecha de prejubilación. Mediante escrito redactado por el propio banco.

En fecha 16.4.99, recibe escrito del Banco, notificándole la aceptación de su solicitud, con fecha 30.4.99.

Fijándole una asignación concertada de 24.617.87 euros anuales, que se abonarán en doce mensualidades, coincidente con el 100% del salario pensionable bruto. Que en...

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