STSJ Comunidad de Madrid 184/2005, 30 de Marzo de 2005
Ponente | JOSE LUIS QUESADA VAREA |
ECLI | ES:TSJM:2005:3345 |
Número de Recurso | 89/2000 |
Número de Resolución | 184/2005 |
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
D. RAMON VERON OLARTEDª. ANGELES HUET DE SANDED. JUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIUD. JOSE LUIS QUESADA VAREA
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9
MADRID
SENTENCIA: 00184/2005
SENTENCIA No 184
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN NOVENA
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. Ramón Verón Olarte
Magistrados:
Da. Ángeles Huet Sande
D. Juan Miguel Massigoge Benegiu
D. José Luis Quesada Varea
En la Villa de Madrid, a treinta de marzo de dos mil cinco.
Vistos por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida por los Sres. expresados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 89/00, interpuesto por «Mantequerías Arias, S.A.», representada por el Procurador D. Óscar García Cortés, contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 6 de octubre de 1999, desestimatoria del recurso interpuesto contra la resolución de 5 de febrero del mismo año por la que se deniega la inscripción de la marca «Milhojas Arias» tridimensional mixta; siendo parte el Abogado del Estado y «Danone, S.A.», representada por el Procurador D. José Manuel Villasante García.
Previos los oportunos trámites, el Procurador D. Óscar García Cortés, en representación de la parte recurrente, formalizó la demanda mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, solicitó se dictara sentencia estimatoria del recurso interpuesto por la que se anulen las resoluciones recurridas y se decida la concesión de la marca denegada.
El Abogado del Estado, evacuando el traslado conferido, contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras exponer asimismo los hechos y fundamentos de Derecho que consideró oportunos, solicitó la desestimación del recurso.
En el mismo trámite, el Procurador D. José Manuel Villasante García, en representación de la codemandada «Danone, S.A.», solicitó la confirmación de las resoluciones recurridas.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado.
Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día 1 de marzo de 2005, en que tuvo lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
Es ponente el Ilmo. Magistrado D. José Luis Quesada Varea.
Constituye el objeto del presente recurso la denegación por la Oficina Española de Patentes y Marcas del registro de la marca con número de solicitud 2130762, «Milhojas Arias», tridimensional, definida por un envase rectangular con una base de tamaño superior al resto y en el que figura, en su parte superior, una etiqueta con la denominación «Milhojas» y, en la parte inferior, dos etiquetas con las leyendas «Milhojas» y «Arias». Dicha marca estaba destinada a distinguir productos de la clase 29, en concreto «carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas; gelatinas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles».
La Oficina denegó el registro a causa de lo dispuesto en el art. 11.1 f) de la Ley de Marcas de 1988. Recurrida esta resolución, fue confirmada con fundamento en que la marca solicitada puede inducir a error al consumidor sobre la exacta naturaleza y calidad del producto que compra.
Ante esta Sala, la solicitante apoya su acción impugnatoria en dos argumentos esenciales: la concesión de una marca idéntica y la no incursión de la solicitada en la prohibición del art. 11.1 f) al no desprenderse de la marca su aplicación a un determinado producto.
En lo que se contrae al...
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