STSJ Comunidad de Madrid , 14 de Octubre de 2004

PonenteINES MARIA HUERTA GARICANO
ECLIES:TSJM:2004:12586
Número de Recurso564/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

Dª. INES MARIA HUERTA GARICANOD. MIGUEL ANGEL VEGAS VALIENTED. RICARDO SANCHEZ SANCHEZ

Rº 564/02

Registro General 4170/02

SENTENCIA Nº

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION OCTAVA

Ilmos. Sres.

Presidente

Dña. Inés Huerta Garicano

Magistrados

D. Miguel Angel Vegas Valiente

D. Ricardo Sánchez Sánchez

En la Villa de Madrid a catorce de octubre de dos mil cuatro.

VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso-administrativo nº 564/02, interpuesto -en escrito presentado el día 9 de abril de 2002- por el Procurador D. Luis Pidal Allendesalazar, en nombre y representación de D. Luis Francisco, contra la desestimación presunta de su reclamación de responsabilidad patrimonial - efectuada el 6 de septiembre de 2001- por la inadecuada asistencia médica en el Hospital Universitario "La Paz" de esta Capital.

Ha sido parte demandada la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM), representada y defendida por un Letrado de sus Servicios Jurídicos, habiéndose personado como codemandada "MAPFRE INDUSTRIAL, S.A.", representada por el Procurador D. Federico Ruipérez Palomino.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia por la que se anulase la Resolución impugnada.

SEGUNDO

La CAM contestó la demanda en escrito por el que solicitaba la inadmisión de la demanda -por falta de legitimación pasiva de la CAM-, o, subsidiariamente, su desestimación.

La Compañía Aseguradora codemandada, en igual tramite, postuló también el dictado de sentencia desestimatoria.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, y formulado escritos de conclusiones por ambas partes, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 13 de octubre de 2004, teniendo lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, habiendo quedado fijada la cuantía del pleito en 270.456 ¤.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso se concreta en determinar si la desestimación presunta de la reclamación de responsabilidad patrimonial articulada por una supuesta mala praxis médica en el tratamiento de las múltiples dolencias que padece el recurrente, es, o no, conforme con el ordenamiento jurídico.

SEGUNDO

Del expediente administrativo, de las pruebas practicadas y de las alegaciones vertidas en los escritos de las partes, quedan acreditados, por lo que aquí interesa, los siguientes extremos:

El actor, nacido el 6 de junio de 1945, "presenta una multipatología, siendo diagnosticado de diabetes mellitus en 1983, de poliposis de colon en 1995, fístula arteriovenosa renal derecha y pequeños angiomas en el riñón izquierdo, practicándosele embolización en 1998, persistiendo una embolización parcial en la actualidad de trombosis de la arteria central de la retina y de conjuntivitis en 200 y de Hemovitreo en el mismo año, por lo que tuvo que ingresar en varias circunstancias en el Servicio de Oftalmología del Hospital Puerta de Hierro, realizándose vitrectomía más endofotocoagulación con una situación actual de pérdida absoluta de la visión en el OD, y OI con agudeza visual por debajo de 1/3 de Smeller". (Informe pericial realizado a petición del recurrente, obrante en el expediente administrativo y aportado como documento nº 28 con el escrito de demanda, folios 110 a 114).

En Informe emitido por la Dra. Dña. Inés, Licenciada en Medicina y Cirugía, especialista en Anestesia y Reanimación, especialista universitario en valoración del Daño Corporal (folio 217 expediente), como Conclusiones consta: "Que D. Luis Francisco fue diagnosticado de diabetes mellitus en 1983, de poliposis de colon en 1985, de fisura arteriovenosa renal en 1998 y de desprendimiento de retina en 2001 y estaba siendo tratado por todo ello en el Hospital "Puerta de Hierro». Que además de esto, entre 1997 y 2001 acudió en 78 ocasiones a los servicios de urgencia del Hospital "La Paz" por distintos cuadros como elevación de la glucemia, control de tensión arterial, estreñimiento, diarreas, palpitaciones, cuadros de ansiedad, cefaleas, lumbalgias y muy diversa...

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