STSJ Comunidad de Madrid 887/2003, 10 de Octubre de 2003
Ponente | D. JULIO MANUEL VAZQUEZ GUZMAN |
ECLI | ES:TSJM:2003:13843 |
Número de Recurso | 1046/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 887/2003 |
Fecha de Resolución | 10 de Octubre de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Dª. MARIA DEL CAMINO VAZQUEZ CASTELLANOSDª. MERCEDES MORADAS BLANCOD. JOSE LUIS AULET BARROSD. SANTIAGO DE ANDRES FUENTESDª. CARMEN ALVAREZ THEURERD. JULIO MANUEL VAZQUEZ GUZMAN
ML
RECURSO N° 1.046/00
PONENTE SR. Julio Manuel Vázquez Guzmán
SENTENCIA Nº 887
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SÉPTIMA
Iltmos. Sres.
Presidenta
Dª. María del Camino Vázquez Castellanos
Magistrados
Dª. Mercedes Moradas Blanco
D. José Luis Aulet Barros
D. Santiago de Andrés Fuentes
Dª. Carmen Álvarez Theurer
D. Julio Manuel Vázquez Guzmán
En la Villa de Madrid, a diez de octubre del año dos mil tres.
Vistos por esta Sección, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso - administrativo número 1.046/00, interpuesto en su propio nombre y representación por D. Alexander, frente a la resolución de la Dirección General de la Policía, de fecha 6 de abril 2.000, por la que se resuelve el concurso específico de méritos número 11/2.000 para la provisión de puestos de trabajo de personal operativo en Unidades adscritas a CCAA. en la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía, adscrita a la Comunidad Autónoma de Galicia.
Ha sido parte LA ADMINISTRACIÓN DEMANDADA, representada por el Abogado del Estado.
Interpuesto el recurso, se reclamó el expediente a la Administración y, siguiendo los trámites legales, se emplazó a la parte demandante para la formalización de la demanda, lo que verificó mediante escrito que obra en autos, en el que expuso los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación y terminó suplicando que se dictara sentencia por la que se declare la nulidad de la resolución recurrida, dejándola sin efecto, adjudicándole la plaza o puesto de trabajo solicitado en la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Galicia, en la Subsede de La Coruña.
El Abogado del Estado, en representación de la Administración demandada, contestó la demanda oponiéndose a la misma, conforme a los fundamentos que alegó, solicitando la confirmación de la resolución recurrida.
Concluso el procedimiento, se señaló para votación y fallo la audiencia del día 9 de octubre del año en curso, en que tuvo lugar.
Ha sido PONENTE el Magistrado Iltmo. D. Julio Manuel Vázquez Guzmán, quien expresa el parecer de la Sala.
El presente recurso contencioso administrativo se dirige frente a la resolución de la Dirección General de la Policía, de fecha 27 de junio 2.000, que desestimó el recurso de reposición interpuesto frente a la resolución de la misma Dirección General, de 6 de abril de 2.000, que resolvió el concurso específico de méritos número 11/2.000, para la provisión de puestos de trabajo de personal operativo en Unidades adscritas a Comunidades Autónoma, en la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Galicia. El demandante, titular de un puesto de trabajo en la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Galicia, participó en el concurso solicitando una de los seis puestos con sede en La Coruña y, al no haber obtenido ninguno de ellos, interpuso recurso de reposición contra la resolución del concurso y al ser desestimado expresamente por la resolución de 27 de junio de 2.000, se alza ante esta jurisdicción, con la pretensión ya expresada en el Antecedente de Hecho Primero argumentando, en esencia, que la adecuada valoración de los méritos alegados por él, da un total de 11'70 puntos, que supera la puntuación obtenida por varios de los adjudicatarios, y no la puntuación de 6'70 puntos que le concedió la Comisión Mixta de Valoración, al no valorar la puntuación que obtuvo en el concurso para acceder a la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la...
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