STSJ Comunidad de Madrid 400/2004, 21 de Mayo de 2004
Ponente | D. JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO |
ECLI | ES:TSJM:2004:6587 |
Número de Recurso | 18/2001 |
Número de Resolución | 400/2004 |
Fecha de Resolución | 21 de Mayo de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
D. JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANOD. ALFONSO SABAN GODOYD. VALERIANO PALOMINO MARINDª. MARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZD. GERVASIO MARTIN MARTIND. JUAN PEDRO QUINTANA CARRETERO
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4
MADRID
SENTENCIA: 00400/2004
Proc. Sr. Ramiro Reynolds Martínez
A de E
Ltda. Sra. Rocío Guerrero Ankersmit
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección 4ª
RECURSO Nº 18 de 2001
PONENTE Sr. Juan Ignacio González Escribano
S E N T E N C I A Nº 400
Presidente Ilmo. Sr.
Juan Ignacio González Escribano
Magistrados Ilmos. Sres.
D. Alfonso Sabán Godoy
D. Valeriano Palomino Marín
Dª Mª Rosario Ornosa Fernández
D. Gervasio Martín Martín
D. Juan Pedro Quintana Carretero
En Madrid a veintiuno de mayo de dos mil cuatro.
Vistos los autos del presente recurso nº 18 de 2001, interpuesto por el Procurador Sr, Reynolds de Miguel, sustituido por el Proc. Sr. Reynolds Ramiro en representación de D. Cornelio contra acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Central, Sala Segunda, Sucesiones y Donaciones, Vocalía cuarta P.H.A/M.T.V, R.G. 871-00, R.S. 85-00, de 29 de noviembre de 2000, que estimó el recurso de alzada promovido por el Consejo de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid contra la resolución del Tribunal Regional de Madrid de 26 de mayo de 1999, recaído en el expdt. De reclamación número 28/7245/97, ordenando la reposición de actuaciones al momento de la valoración para la práctica de una nueva suficientemente motivada, habiendo sido parte la Administración General de Estado, representada por su Abogacía y la Comunidad Autónoma de Madrid representada por su Letrada.
La cuantía del presente recurso es de 64.683.943 pesetas.
ANTECEDENTES DE HECHO
Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 4 de enero de 2001 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos, y se confirme la resolución de 26 de mayo de 1999 del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid, anulando la comprobación de Valores verificada y la liquidación practicada sobre la misma, así como declarando prescrito el derecho de la Comunidad de Madrid a la práctica de una nueva comprobación de valores.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
No solicitado el recibimiento de la prueba, ni trámite de conclusiones.
Con fecha 26 de febrero de 2004 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano.
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
Se impugna en el presente recurso el Acuerdo del Tribunal Económico- Administrativo Central, Sala Segunda, Sucesiones y Donaciones, de 29 de...
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