STSJ Comunidad de Madrid 8/2004, 9 de Enero de 2004

PonenteD. ALFONSO SABAN GODOY
ECLIES:TSJM:2004:58
Número de Recurso1624/2000
Número de Resolución8/2004
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

D. JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANOD. ALFONSO SABAN GODOYD. VALERIANO PALOMINO MARINDª. MARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZD. JUAN PEDRO QUINTANA CARRETERO

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4

MADRID

SENTENCIA: 00008/2004

Proc. Sr. Rojas Santos

A.E

Proc. Sra. Ruiperez Palomino

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección 4ª

RECURSO Nº 1624 de 2000

PONENTE Sr. Alfonso Sabán Godoy

S E N T E N C I A Nº 8

Presidente Ilmo. Sr.

Juan Ignacio González Escribano

Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy

D. Valeriano Palomino Marín

Dª Mª Rosario Ornosa Fernández

D. Juan Pedro Quintana Carretero

En Madrid a nueve de enero de dos mil cuatro

Visto por la Sala del margen el recurso nº 1624 de 2000 interpuesto por el Procurador Sr. Rojas Santos en nombre y representación de El Coto de Rioja S.A. contra recurso la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas que desestimó el recurso ordinario deducido contra acuerdo de idéntico organismo mediante el que se accedió a la inscripción de la marca "CARRIL DE COTOS" en la clase 33 del Nomenclátor. Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por su Abogacía y como codemandada la Sociedad Cooperativa Agrovitivinicola San Isidro representado por la Procuradora Sra. Ruipérez Palomino.

La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 5 de octubre de 2000 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

No acordado el recibimiento a prueba, ni trámite de conclusiones, quedaron pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Con fecha 8 de enero de 2004 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Alfonso Sabán Godoy

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas que desestimó el recurso ordinario deducido contra acuerdo de idéntico organismo mediante el que se accedió a la inscripción de la marca "CARRIL DE COTOS" en la clase 33 del Nomenclátor para distinguir vinos y otras bebidas alcohólicas. Se opone a ello en el presente recurso la titular de la marca "EL COTO" que...

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