STSJ Comunidad de Madrid 113/2004, 23 de Enero de 2004

PonenteD. RAMON CUETO PEREZ
ECLIES:TSJM:2004:698
Número de Recurso1148/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución113/2004
Fecha de Resolución23 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

D. RAMON CUETO PEREZD. GUSTAVO RAMON LESCURE CEÑALDª. MARIA DEL PILAR MALDONADO MUÑOZ

Recurso: 1148/01.

Ponente: ILMO. SR. D. RAMON CUETO PEREZ.

Recurrente: Proc. Sorribes Calle.

Demandado: Abogado del Estado.

Codemandado: Proc. Javier Ungría López.

Secretaría: Dª Mª Teresa Barril Roche.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SENTENCIA NÚM.- 113

ILTMO. SR. PRESIDENTE

D. Gustavo Lescure Ceñal

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS

D. RAMON CUETO PEREZ

Dª. Pilar Maldonado Muñoz

....................................................

En Madrid a 23 de Enero de 2004.

Visto el recurso contencioso-administrativo que, con el número reseñado más arriba, ha correspondido a esta Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto por PLAZA & JANES, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales Dª Rosa Sorribes Calle, asistida de Letrado, contra las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 20 de octubre y 20 de noviembre de 2000, así como las de 26 de julio de 2001 y 2 de octubre de este mismo año por las que se concedieron las marcas nº 2.268.787, en clase 16ª y 2.268.792 en clase 41ª del nomenclator, con las denominaciones de "UTRILLAS PLAZA", habiendo sido parte la mercantil "Residencial Parque Bruil, S.A., representada por el Procurador D. Javier Ungría López, asistido de Letrado y en el que la Administración General demandada ha estado representada y dirigida por la Abogacía del Estado, siendo la cuantía del recurso indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra la resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos, suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figuran en los mismos.

SEGUNDO

Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 23 de Enero de 2004.

Siendo Ponente Itmo. Sr. D. RAMON CUETO PEREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone por la entidad aquí actora, PLAZA & JANES EDITORES, S.A., el presente recurso contencioso-administrativo en forma acumulada contra los acuerdos dictados por la Oficina Española de Patentes y Marcas por los que se concedió la inscripción de las Maracas "UTRILLAS PLAZA" nºs. 2.268.787 (clase 16ª) y 2.268.792 (clase 41ª) a favor de RESIDENCIAL PARQUE BRUIL, S.A.; de fecha 20 de octubre de 2.000, por el que se concedió la inscripción de la Maraca nº 2.268.787 "UTRILLAS PLAZA", así como la resolución de fecha 26 de julio de 2.011, publicada en el BOPI de 1 de octubre de 2001, desestimatoria del Recurso de Alzada interpuesto por mi representada contra dicho acuerdo de concesión, así como contra el acuerdo de fecha 20 de noviembre de 2.000, por el que se concedió la inscripción de la Marca nº 2.268.792 "UTRILLAS PLAZA", así como la resolución desestimatoria expresa de fecha 2 de octubre de 2.001 del Recurso de Alzada interpuesto contra la mencionada resolución y en su demanda, la representación procesal actora, alega -en resumen- la existencia de semejanza fonético -denominativa entre los signos contrapuestos, "PLAZA" de su titularidad y "UTRILLAS PLAZA" propuesta y admitida a registro, así como identidad aplicativa de productos y del area comercial en la que se desenvuelven las citadas marcas, todo lo cual produce un riesgo de asociación y una relación entre los signos enfrentados que impone el rechazo de los propuestos e inscritos por la Administración, a todo lo cual y para incidir en este pedimiento, se añade el aprovechamiento indebido de la fama y prestigio de Plaza & Janés Editores, S.A.

Tanto la...

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