STSJ Comunidad de Madrid 637/2005, 26 de Mayo de 2005

PonenteALFREDO ROLDAN HERRERO
ECLIES:TSJM:2005:6183
Número de Recurso261/2002
Número de Resolución637/2005
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

D. ALFREDO ROLDAN HERRERODª. CLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIADª. FRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRIONDª. MARIA JESUS VEGAS TORRESD. JOSE FELIX MARTIN CORREDERAD. FRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTA

Recurso nº 261/02

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00637/2005

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

RECURSO Nº 261/02

SENTENCIA Nº 637

PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero

MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García

Dª. Francisca Rosas Carrión

Dª. María Jesús Vegas Torres

D. José Félix Martín Corredera

D.Francisco Javier Sancho Cuesta

En Madrid, a veintiséis de mayo de dos mil cinco.

Vistos los autos de los recursos número 261/02 que ante esta Sala ha promovido la Procuradora Dª. Concepción Tejada Marcelino, en nombre y representación de D. Julián, sobre armas. Ha sido parte la Administración General del Estado representada por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Alfredo Roldán Herrero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 21-6-02 acordándose su admisión en fecha 10-7-02 con todo lo demás procedente en derecho.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha 4-10-02, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

TERCERO

El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado en fecha 12-12-02 en el cual suplicó la desestimación del recurso.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba por auto de fecha 10-1-03, se propuso por la parte actora la documental, admitiéndose con el resultado que obra en autos y en su caso se analizará.

QUINTO

Dado traslado a las partes para conclusiones, formalizaron sus escritos ratificando sus pedimentos, se señaló para votación y fallo el día 19-5-05 en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución de la Dirección General de la Guardia Civil de fecha 11-1-02, confirmada en fecha 19-4-02, que denegó licencia de armas tipo F al recurrente d. Julián.

SEGUNDO

Aplicando el art. 97-2 del R. D. 137/93 de 29 de enero, Reglamento de Armas, la Administración denegó la licencia por valoración muy negativa de la conducta personal en cuanto el solicitante fue detenido y encausado en 1997 por abuso sexual respecto de una entonces menor en reiteradas ocasiones...

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