STSJ Comunidad de Madrid 637/2005, 26 de Mayo de 2005
Ponente | ALFREDO ROLDAN HERRERO |
ECLI | ES:TSJM:2005:6183 |
Número de Recurso | 261/2002 |
Número de Resolución | 637/2005 |
Fecha de Resolución | 26 de Mayo de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
D. ALFREDO ROLDAN HERRERODª. CLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIADª. FRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRIONDª. MARIA JESUS VEGAS TORRESD. JOSE FELIX MARTIN CORREDERAD. FRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTA
Recurso nº 261/02
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1
MADRID
SENTENCIA: 00637/2005
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
RECURSO Nº 261/02
SENTENCIA Nº 637
PRESIDENTE:
D. Alfredo Roldán Herrero
MAGISTRADOS:
Dª. Clara Martínez de Careaga y García
Dª. Francisca Rosas Carrión
Dª. María Jesús Vegas Torres
D. José Félix Martín Corredera
D.Francisco Javier Sancho Cuesta
En Madrid, a veintiséis de mayo de dos mil cinco.
Vistos los autos de los recursos número 261/02 que ante esta Sala ha promovido la Procuradora Dª. Concepción Tejada Marcelino, en nombre y representación de D. Julián, sobre armas. Ha sido parte la Administración General del Estado representada por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Alfredo Roldán Herrero.
Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 21-6-02 acordándose su admisión en fecha 10-7-02 con todo lo demás procedente en derecho.
En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha 4-10-02, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado en fecha 12-12-02 en el cual suplicó la desestimación del recurso.
Recibido el pleito a prueba por auto de fecha 10-1-03, se propuso por la parte actora la documental, admitiéndose con el resultado que obra en autos y en su caso se analizará.
Dado traslado a las partes para conclusiones, formalizaron sus escritos ratificando sus pedimentos, se señaló para votación y fallo el día 19-5-05 en que tuvo lugar.
Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución de la Dirección General de la Guardia Civil de fecha 11-1-02, confirmada en fecha 19-4-02, que denegó licencia de armas tipo F al recurrente d. Julián.
Aplicando el art. 97-2 del R. D. 137/93 de 29 de enero, Reglamento de Armas, la Administración denegó la licencia por valoración muy negativa de la conducta personal en cuanto el solicitante fue detenido y encausado en 1997 por abuso sexual respecto de una entonces menor en reiteradas ocasiones...
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