STSJ Comunidad de Madrid 1587/2003, 23 de Diciembre de 2003

PonenteDª. FRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
ECLIES:TSJM:2003:17394
Número de Recurso28/2003
Número de Resolución1587/2003
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

D. ALFREDO ROLDAN HERRERODª. CLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIADª. FRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRIONDª. MARIA JESUS VEGAS TORRESD. JOSE FELIX MARTIN CORREDERAD. FRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTA

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 01587/2003

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

RECURSO Nº 28/03

SENTENCIA NÚM. 1.587

PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero

MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García

Dª. Francisca Rosas Carrión

Dª. María Jesús Vegas Torres

D. José Felix Martín Corredera

D. Francisco Javier Sancho Cuesta

En la Villa de Madrid, a veintitres de diciembre de dos mil tres.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 28/03, interpuesto por la Procuradora Dª. Susana Gomez Castaño, en nombre y representación de D. Juan Luis, contra la resolución de la Delegación del Gobierno en Sevilla de fecha 19.7.02, sobre expulsión; siendo parte la DELEGACION DEL GOBIERNO EN SEVILLA, representada por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la parte demandada para contestación a la demanda, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinen tes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

No solicitado el recibimiento a prueba y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, ni habiendo sido solicitada por las partes la presentación de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 18 de diciembre de 2003, fecha en que tuvo lugar.

Siendo PONENTE la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Francisca Rosas Carrión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La resolución administrativa impugnada en este proceso, en aplicación del artículo 53.a) de la L.O. 4/2000, reformada por la 8/2000, dispuso la expulsión del territorio español y prohibición de entrada en el mismo por un período de 5 años de don Juan Luis, nacional de Ecuador.

SEGUNDO

En las actuaciones administrativas ha quedado reflejado el dato objetivo de que el día 18.7.2002 el recurrente carecía de documentación justificativa de su estancia o residencia legal en España, en cuyo territorio había entrado por última vez en fecha de 8.1.2002, según sello obrante en su pasaporte. Estos hechos no han sido conocidos de referencia por los agentes del Cuerpo Nacional de Policía que le detuvieron e instruyeron las actuaciones, los cuales no han de ser considerados como simples particulares, sino como funcionarios públicos que han actuado en el cumplimiento de las funciones de su cargo: El precitado dato de hecho ha sido percibido real, objetiva y directamente por aquéllos a través de las declaraciones efectuadas por el recurrente cuando fue requerido para que presentara...

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