SAP Huelva 8, 29 de Enero de 2001

PonenteISABEL PRIETO RODRIGUEZ
Número de Resolución8
Fecha de Resolución29 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Huelva

SENTENCIA TEXTO LIBRE PARA CAUSAS

AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA

Sección Segunda

Asunto: Procedimiento Abreviado Nº: 95/99

Proc. Origen: Diligencias Previas nº: 2074/98

Juzg. Origen: Juzgado de Instrucción Nº 9 de Huelva

SENTENCIA Nº 8

Iltmo. Sr. Magistrados de la Sala:

Presidente:

  1. Francisco J. Martín Mazuelos

Magistrados:

Dª Isabel Prieto Rodríguez

Dª. Mercedes Izquierdo Beltrán

En Huelva, a veintinueve de enero de dos mil uno.

Esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados anotados al margen bajo la Ponencia de la Iltma. Sra. Dª Isabel Prieto Rodríguez, ha visto en juicio oral y público, la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº 9 de Huelva, seguida, por el procedimiento abreviado, por delito contra la salúd pública contra Mª INMACULADA CORDERO VILLA, con D.N.I.29.712.185-A, hija de Simón y Josefa, nacida el 20/05/1950, natural de Almendralejo (Badajoz), vecina de Huelva, Avda. Miramar, 21, sin antecedentes penales, declarada insolvente, y en situación de libertad provisional por esta causa, defendida por el Letrado Sr. Pérez Pedraza y representada por la Procuradora Sra. Galván Rguez.; contra ROSA BLANCO CORDERO, con D.N.I. nº 28.490.454-D, hija de Felipe y María, nacida el 12/4/1967, natural de Huelva, vecina de Huelva, Avda. Miramar, 21, sin antecedentes penales, declarada parcialmente solvente, en situación de libertad provisional por esta causa, defendida por el Letrado Sr. Pérez Pedraza y representada por la Procuradora Sra. Galván Rguez., contra JUAN CARLOS MARTIN ROMERO, con D.N.I. nº 28.742.397, hijo de José e Isabel, nacido el 24/02/1970, natural de Huelva, vecino de Huelva, Avda. Miramar, 21, sin antecedentes penales, en situación de libertad provisional por esta causa, declarado insolvente, defendido por el Letrado Sr. Pérez Pedraza y representado por la Procuradora Sra. Galván Rguez.; contra JESUS BLANCO CORDERO, con D.N.I. nº 28.780.947, hijo de Felipe y María Inmaculada, nacido el 19/06/1976, natural de Huelva, vecino de Huelva, Avda. Miramar, 21, sin antecedentes penales, declarado parcialmente solvente, en situación de libertad provisional por esta causa, defendido por el Letrado Sr. Pérez Pedraza y representando por la Procuradora Sra. Galván Rguez.; contra FRANCISCO GARCIA RUIZ, con D.N.I. nº 28.491.842, hijo de Santos y Mª Jesús, nacido el 10/09/1972, natural de Granada, vecino de Sanlucar la Mayor (Sevilla), C/ Barriada La Alegría c/ D, nº 11, sin antecedentes penales, declarado insolvente, y en situación de libertad provisional por esta causa, defendido por el Letrado Sr. Rojo Alonso de Caso, y representado por la Procuradora Sra. Moreno Cabezas; contra JOSE MANUEL ESTEBAN GARCIA, con D.N.I. nº 28.777.719, hijo de Juan y Dolores, nacido el 22/07/1975, natural de Málaga, vecino de San José de la Rinconada, C/ La Estacada Bloque 4, 1º B, con antecedentes penales, declarado solvente, y en situación de libertad provisional en esta cuasa, defendido por el Letrado Sr. Torres Toronjo y representado por el Procurador Sr. Hinojosa Guzmán; contra JOSE MANUEL ALANIS CORNEJO, con D.N.I. nº 28.784.959, hijo de Juan Miguel y Ana, nacido el 1/01/1977, natural de Sevilla, vecino de San José de la Rinconada, Barriada Santa Cruz nº 7, 3º Izquierda, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta a esta Audiencia, y en situación de libertad provisional por esta causa, defendido por el Letrado Sr. Macías Gómez y representado por el Procurador Sr. Hinojosa Guzmán; y contra ROCIO NIETO RUIZ, con D.N.I. nº 70.982.901, hija de Julio y Agueda, nacida el 29/06/1974, natural de Ciudad Rodrigo (Salamanca), vecina de Sanlucar la Mayor (Sevilla), Barriada La Alegría C/ D nº 11, sin antecedentes penales, declarada solvente y en situación de libertad provisional, defendida por el Letrado Sr. Rojo Alonso de Caso y representada por la Procuradora Sra. Moreno Cabezas, proceso penal en que, además de los anteriores, es parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Incoadas Diligencias Previas por el Juzgado de Instrucción nº 9 de Huelva y continuada su tramitación por el Procedimiento Abreviado, el Ministerio Fiscal formuló acusación contra Francisco García Ruiz, Rosa Blanco Cordero, Mª Inmaculada Cordero Villa, Jesús Blanco Cordero, Juan Carlos Martín Romero, Rocío Nieto Ruiz, José Manuel Alanís Cornejo y José Manuel Esteban García.

SEGUNDO

Presentados escritos de defensa por los representantes de los acusados, y remitada la causa a esta Audiencia Provincial para el enjuiciamiento de los hechos, se admitieron las pruebas propuestas por las partes reputadas pertinentes y se señaló el acto del juicio oral para el día 16 de enero de 2001, en cuyas fechas tuvo lugar con el resultado que consta en acta, quedando el juicio visto para sentencia en fecha 17 de enero siguiente.

TERCERO

En dicho acto, el Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como contitutivo de un delito contra la salúd pública del art. 368 del código Penal en su modalidad de tráfico de sustancia que causa daño grave daño a la salúd, estimando criminalmente resposable del mismo a Fco. García Ruiz, Rosa Blanco Cordero y María Inmaculada Cordero Villa para los que solicita la pena de 5 años de prisión y multa de 600.000 ptas, así como a José Blanco Cordero, Juan Carlos Martín Romero, Rocio Nieto Ruiz, José Manuel Alanís Cornejo y José Manuel Esteban García para quienes interesa la pena de 4 años de prisión y multa de 600.000 ptas, con accesoria para todos ellos de suspensión de empleo o cargo público durante el tiempo de la condena y pago de las costas proporcionalmente.

Solicitó asimismo el Ministerio Fiscal el comiso y destrucción de la sustancia estupefaciente aprenhedida, el comiso de los vehículos Opel Vectra, matrícula SE-4563-DB y Opel Calibra, matrícula SE-9053-BM, del dinero, joyas y de los cuatro teléfonos móviles intervenidos.

CUATRO.- Con el mismo trámite, las Defensas de los acusados negaron los correlativos del Ministerio Fiscal y solicitaron la absolución de los defendidos con declaración de oficio de las costas causadas.

HECHOS PROBADOS

Por investigaciones del Grupo de estupefacientes de la Brigada de la Policía Judicial de la Comisaria de Huelva, se solicitó del Juzgado de Instrucción nº 9 de ésta Ciudad autorización judicial para la intervención del teléfono Movistar nº 929-590487, propiedad de Rosa Blanco Cordero, utilizado también por su madre, Mª Inmaculada Cordero Villa, siéndoles concedida la autorización solicitada por Auto de fecha 16 de Septiembre de 1.996. Por los datos obtenidos de tal intervención telefónica que hacían presumir fundadamente que la familia Blanco Coredro pudiera dedicarse a la actividad de tráfico de estupefacientes, la Policia Judicial solicitó la prórroga de la autorización ya concedida e interesó la intervención del teléfono nº 919-940207, propiedad de Francisco García Ruiz, autorización que fueron concedidas por el mismo Juzgado por sendos autos de fecha 14 de Octubre de 1.998.

Como consecuencias de las escuchas se tuvo conocimiento de la existencia de una entrega de sustancias estupefacientes el día 5 de Noviembre de 1.998, solicitando la Policia Judicial mandamiento de entrada y registro en el domicilio sito en C/ Miramar nº 21 de Huelva, dictándose por el Juzgado de Instrucción nº 8 de esta ciudad el correspondiente auto autorizandolo, en fecha 5 de Noviembre.

En el dispositivo de vigilancia policial inmediato anterior a la entrada y registro, se observó la llegada del vehículo Opel Calibra matrícula SE-9053-BM, ocupado por José Manuel Alanís Cornejo y José Manuel Esteban García que estacionó en las proximidades del inmueble, y a continuación, la del vehículo Opel Vectra, con matrícula SE-4563-DB, conducido por Francisco García Ruiz, quien tras bajar del mismo se dirigió a los antes mencionados, recogió algo que en aquél momento no pudo ser identificados por el agente policial en funciones de vigilancia, y tras ello, se dirigió hacia el número 21 de la calle Miramar.

Ante la inminencia de la entrega se procedió a dar comienzo a la diligencia de entrada y registro, circunstancia que fue advertida por quienes se encontraban dentro de la casa, cerrando Jesús Blanco Cordero bruscamente la puerta lo que obligó a los policias actuantes abrirla mediante el empleo de la fuerza.

Entre tanto, uno de los agentes policiales observaba a través de una de las ventanas del inmueble como Rosa Blanco Cordero arrojaba al fuego de la chimenea dos envoltorios, mientras Francisco García Ruiz atizaba al fuego, pudiendo ser recuperadas por los agentes uno de ellos, de cuyo contenido se salvaron 27'8229 gramos de una sustancia que tras la oportuna analítica resultó ser cocaina, con un grado de pureza de 37'76 %, valoradas en 333.864 ptas.

En el registro se intervino también la cantidad total de 910.500 ptas, parte de la cual (553.000ptas) fue arrojado a la calle desde la ventana del inmueble por Juan Carlos Martín Romero.

Asimismo fueron intervenidas varias joyas en diversas dependencias de la casa, que constituía el domicilio de Rosa Blanco Cordero y Juan Carlos Martín Romero, cuya ilícita procedencia no consta.

En el interior de la vivienda se encontraban Rosa Blanco Cordero, Francisco García Ruiz, Juan Carlos Martín Romero y Jesús Blanco Cordero, llegando después de iniciado el registro Mª Inmaculada Cordero Villa.

En el vehículo Opel Calibra, matrícula SE-9053-BM, propiedad de José Manuel Alanis Cornejo, ocupada por éste y por José Mnel. Esteban García, se intervinieron, además de dos teléfonos móviles, un trozo en forma de "bellota" de hachis con un peso de 8'6309 gramos, valorado en 3.452 ptas.

El vehículo Opel Vectra, matrícula SE-4563-DB, conducido por Francisco García Ruiz, es propiedad de Rocio Nieto Romero, su compañera sentimental, sin que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR