SAP Sevilla 453/2003, 25 de Septiembre de 2003

ECLIES:APSE:2003:3189
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución453/2003
Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA

Sección Tercera

RECURSO:

Apelación de Menores - Rollo 2.774/2003

ASUNTO:

300418/2003

Proc. Origen:

Menores 226/2001

Juzgado Origen :

Menores nº2 de Sevilla

Negociado:

D

Apelante:.

Jose Daniel

Abogado:. RUIZ ALCANTARILLA JUAN LEANDRO

Procurador:.

RUIZ ALCANTARILLA AURORA

Apelado:

Octavio

Abogado:

FELIX MEZQUITA GAYANGO

Procurador:

SENTENCIA NÚM. 453/2003

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. ANGEL MÁRQUEZ ROMERO

D. ELOY MÉNDEZ MARTÍNEZ

D. JOSÉ MANUEL HOLGADO MERINO

En la Ciudad de Sevilla, a veinticinco de septiembre de dos mil tres.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. reseñados al margen ha visto en juicio oral y público la Pieza de Responsabilidad Civil procedente del Juzgado de Menores núm. 2 de esta capital, seguido a instancias de D. Jose Daniel , contra el menor expedientado Octavio , cuyas circunstancias personales ya constan, venido a este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del mismo, contra la sentencia dictada por el citado Juzgado, siendo parte el Ministerio Fiscal y ponente en esta alzada el Ilmo. Sr. D. ELOY MÉNDEZ MARTÍNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 7 de enero de 2003, el Iltmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Menores núm. 2 de Sevilla, dictó sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

"Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora Sra. Ruiz Alcantarilla, en nombre y representación de D. Jose Daniel , contra D. Octavio y sus padres, D. Octavio y Dª. Regina , debo condenar y condeno a D. Octavio , hijo, a que abone al Sr. Jose Daniel la cantidad de 2.275,29 euros por los días de impedimento, la de 1.835,4 euros por las secuelas y la de 214,14 euros por lucro cesante.

Asimismo debo absolver y absuelvo a D. Octavio y a Dª. Regina , padres de aquel, de las pretensiones que en su contra se contienen en aquella demanda.

Ello abonando cada parte las costas causadas a su instancia, y las comunes, de haberlas, por unidad".

SEGUNDO

Notificada la misma, se interpuso por la representación procesal de Jose Daniel , recurso de apelación en tiempo y forma en base a los motivos que en el cuerpo de esta resolución serán analizados.

TERCERO

Turnadas las actuaciones a esta Sección Tercera, se designó ponente al Magistrado señalado al inicio.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista, se señaló para deliberación y fallo el día 12 de septiembre de 2003.

QUINTO

En la tramitación del recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se solicita en definitiva por la parte demandante que se revoque la sentencia en el particular de declarar la responsabilidad solidaria de los padres del menor en el pago de la indemnización a que este ha sido condenado.

Tal petición no puede prosperar.

Es claro, y el recurso no lo discute, que no es aplicable la Ley Orgánica 5/00 reguladora de la R.P.M., por la sencilla razón de que aún no estaba en vigor cuando ocurrieron los hechos.

En ausencia de esta regulación específica será de aplicación la legislación civil, en concreto el artículo 1903 del Código Civil...

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